AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. FM 93.5 MHZ. CANAL CX 228. PUNTA DEL ESTE. MALDONADO




Promulgación: 13/01/2000
Publicación: 24/01/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 115
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones, da cuenta de la solicitud formulada por "IKUNAL S.A."
permisionario del Canal CX 228 que opera en la frecuencia 93.5 Mhz., en
la ciudad de Punta del Este, departamento de Maldonado, para que se le
autorice un aumento de potencia hasta 40 kilovatios de potencia efectiva
radiada (PER) y a elevar la altura media de la antena H.M.A. hasta 100
mts. o parámetros equivalentes.-

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo 809/998 de 9 de
octubre de 1998, se autorizó a "IKUNAL S.A.", el uso de la frecuencia
93.5 Mhz. (Canal 228), para operar una estación de FM en la ciudad de
Punta del Este, departamento de Maldonado, con una potencia efectiva
radiada (PER) de 1 kilovatio y una altura media de antena (H.M.A.) de 60
metros.-

II) que fundamenta dicho petitorio en el interés de potenciar la emisora
para proporcionar un mejor servicio en la zona.-

CONSIDERANDO: I) que los estudios teórico-técnicos realizados a la luz de
la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones 063.99 de 24 de
marzo de 1999, que modificó las características técnicas aplicables a las
emisoras de radiodifusión que operan en bandas métricas con modulación en
frecuencia, surge que la emisora podría operar con una potencia de 4 kw
PER y 100 metros de H.M.A., o parámetros equivalentes.-

II) que la potencia que se autoriza fue coordinada en el ámbito de la
Comisión Temática de Radiodifusión del SGT-1: Comunicaciones, del
MER.CO.SUR y resulta conveniente para la mejor defensa del espectro
radioeléctrico nacional que las estaciones operen con la mayor potencia
posible.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a los dispuesto por el artículo
4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción
dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991 y
artículo 17mo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y a lo
informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a "IKUNAL S.A." a aumentar la potencia de 1 Kw a 4 kw PER
(potencia efectiva radiada) y elevar la altura media de la antena
(H.M.A.) hasta 100 metros o parámetros equivalentes, para la operación de
la frecuencia FM 93.5 Mhz., Canal CX228, de la ciudad de Punta del Este,
del departamento de Maldonado.-

2

 Establécese que sí en la práctica la estación produce interferencias
perjudiciales a otras difusoras o servicios ya instalados en la zona,
deberá reducir la potencia autorizada y eliminar las interferencias.-

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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