AUTORIZACION A UTE A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE TERMICA




Promulgación: 07/05/2014
Publicación: 21/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 803
VISTO: el proyecto presentado por la empresa UTE para la instalación de
una central térmica a gas natural de ciclo abierto denominada "Central
Térmica de Punta del Tigre" de 300 MW para generar energía eléctrica,
ubicada en la localidad de Punta del Tigre del departamento de San José.

RESULTANDO: que se solicita autorización para generar energía eléctrica,
de acuerdo a lo previsto en los artículos 53 y 54 del Reglamento del
Mercado Mayorista de Energía Eléctrica.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53
siguiente y concordantes del "Reglamento del Mercado Mayorista de Energía
Eléctrica", aprobado por Decreto No. 360/002 de 14 de setiembre de 2002,
es cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de
generación;

II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía se han cumplido con
los requisitos exigidos por la normativa vigente.

ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14694 de 1° de
setiembre de 1977, el Decreto-Ley N° 15031 de 4 de julio de 1980, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 16211 de 1° de octubre de 1991 y
la Ley N° 16832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 14 de
setiembre de 2002, el Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, el
Decreto N° 174/013 de 11 de junio de 2013 y lo informado por la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a UTE a generar energía eléctrica de fuente térmica, mediante
una central generadora de 300 MW, según proyecto presentado, ubicada en el
padrón número 551 de la sexta sección catastral del departamento de San
José en la localidad de Punta del Tigre, así como su conexión al "Sistema
Interconectado Nacional".

2

 Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado
Eléctrico, y oportunamente archívese.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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