TRASLADO DE PLANTA EMISORA DE RADIODIFUSION. CXD 294. FRECUENCIA 106.7. MONTEVIDEO




Promulgación: 16/04/2007
Publicación: 27/04/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 605
VISTO: la gestión realizada por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones relativas al traslado de los estudios y planta emisora de la radiodifusora de Montevideo, CXD 294 Frecuencia 106.7 MHz, "Energy FM", autorizado, ad-referéndum del Poder Ejecutivo, por Resolución de URSEC 205/006 de 12 de octubre de 2006;

RESULTANDO: I) que el Sr. Julio César Escudero Sanguinetti, titular de la emisora referencia, solicitó autorización de traslado de los estudios y planta emisora de la misma;

II) que luego de los trámites de estilo y con la intervención de las distintas autoridades y organismos estatales involucrados, Dirección General de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y la Administración Nacional de Telecomunicaciones, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones por Resolución 205/006 de 12 de octubre de 2006 autorizó ad-referéndum del Poder Ejecutivo el traslado de los estudios y planta emisora de la referida radiodifusora a la Av. José Belloni Nº 5255 de Montevideo;

CONSIDERANDO: I) que la Resolución de la URSEC Nº 205/006 de 12 de octubre de 2006 autorizó ad-referéndum del Poder Ejecutivo, a trasladar los estudios y la planta emisora de la citada radiodifusora, habilitándose en forma provisoria a comenzar sus emisiones desde la nueva ubicación;

II) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, corresponde al Poder Ejecutivo la autorización de la localidad donde se instalará la planta emisora de cada estación de radiodifusión;

III) que deberán protegerse las interferencias perjudiciales e inconvenientes de cualquier tipo que se pudieran causar en la estación terrena de la Administración Nacional de Telecomunicaciones en la zona de Manga.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decreto Nº 734/978 de 20 de diciembre de 1978 y 155/005 del 9 de mayo de 2005, la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 205/006 de 12 de octubre de 2006, y lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Convalidar la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) 205/006 de 12 de octubre de 2006, por la que se autorizó al Sr. Julio César Escudero Sanguinetti, titular de la radiodifusora CXD 294, frecuencia 106,7 MHz, "ENERGY FM" de Montevideo, a trasladar los estudios y la planta emisora de la misma a la Av. José Belloni 5855 de la ciudad de Montevideo.

2

 Establecer que el permisionario deberá comunicarse con la URSEC y la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) cuando se tenga tensión estable con la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), a fin de realizar las pruebas con la potencia autorizada.

3

 Establecer que para el caso que la operación de la estación desde su nueva ubicación, que por este acto se autoriza, causare cualquier interferencia o inconveniente en cualquier tiempo a ANTEL, deberá cesar sus emisiones en forma inmediata. Si no lo hiciere, se procederá a su clausura.

4

 Notifíquese personalmente al interesado, comuníquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BROVETTO
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