PRORROGA DE RESOLUCION 943/007 SOBRE AUTORIZACION DE VENTUS COMERCIALIZADORA DE ENERGIA S.A. A EXPORTAR A ARGENTINA, ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 07/01/2019
Publicación: 25/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud de VENTUS COMERCIALIZADORA DE ENERGÍA S.A (VECODESA) para la renovación de la autorización de exportación de energía eléctrica;

   RESULTANDO: que VECODESA solicita la renovación de la autorización para exportar energía eléctrica a la República Argentina otorgada por Resolución N° 943/017 de 9 de octubre de 2017 con la ampliación realizada por Resolución N° 1010/17 de 27 de octubre de 2017;

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, es cometido del Poder Ejecutivo autorizar la exportación de energía eléctrica;

   II) que no existen objeciones a la renovación en las mismas condiciones de la autorización de exportación;

   ATENTO: a lo expuesto y lo previsto en el Acuerdo de Interconexión Energética con la República Argentina del 12 de febrero de 1974, aprobado por el Decreto-Ley 14.221 de 11 de julio de 1974, y el Convenio de Ejecución del Acuerdo de Interconexión Energética de 12 de febrero de 1974 suscrito el 27 de mayo de 1983, aprobado por el Decreto-Ley N° 15.509 de 27 de diciembre de 1983, la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, el Decreto N° 278/002 de 28 de junio de 2002, y lo informado por la Dirección Nacional de Energía, y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Prorrógase la autorización de VENTUS COMERCIALIZADORA DE ENERGÍA S.A a exportar a la República Argentina energía de origen eólico, otorgada por Resolución N° 943/017 de 9 de octubre de 2017 con la ampliación realizada por Resolución N° 1010/17 de 27 de octubre de 2017.

2

   El plazo de la prórroga de la autorización de exportación comenzará a partir de vencimiento de la Resolución N° 943/017 de 9 de octubre de 2017 y vencerá el 31 de diciembre de 2019.

3

   Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado Eléctrico y oportunamente archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI
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