VISTO: estos antecedentes relativos a la ampliación de la Resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 7 de setiembre de 1998.
RESULTANDO: I) Que por dicha Resolución -entre otras cosas- fue
incluido en el Inventario de Canteras de la Dirección Nacional de Vialidad
el yacimiento ubicado en el padrón Nº 11.306 de la 4ª Sección Judicial del
Departamento de Canelones para las obras: "Recargo con material de base y
tratamiento bituminoso de imprimación reforzada en Ruta Nº 33 tramo: Ruta
Nº 11 - Ruta Nº 81" y para la Licitación Pública Nº 4/98 "Adquisición de
Balasto Natural" a cargo de la empresa ARNEL S.R.L.
II) Que la Dirección Nacional de Vialidad estima necesario ampliar la
utilización de dicho yacimiento a efectos de encarar el "Suministro de
50.000 m3 de balasto natural con destino a Regional 1" correspondiente a
la Licitación Nº 3/02.
III) Que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, no formula observaciones al respecto.
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley Nº 16.320 de 1º de
noviembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Amplíase la autorización de extracción de materiales acordada con ARNEL
S.R.L. por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 7 de setiembre de
1998, en el sentido de incluir en la misma la utilización de hasta 50.000
m3 de balasto material con destino a Regional 1, correspondiente a la
Licitación Nº 3/02 de la Dirección Nacional de Vialidad (yacimiento de
granito descompuesto, ubicado en la 4º Sección Judicial del Departamento
de Canelones, padrón Nº 11.306).