DECLARACION DE MONUMENTOS HISTORICOS. MONTEVIDEO




Promulgación: 18/11/1975
Publicación: 03/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1381
Referencias a toda la norma

2

Dichos inmuebles quedan afectados por las siguientes servidumbres:

a)   Prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que
     altere las líneas, el carácter o la finalidad del edificio.

b)   Obligación de proveer a la conservación de los inmuebles y de
     efectuar las reparaciones necesarias para ese fin.

c)   Obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión del
     Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación a los fines
     de comprobar el estado de conservación del bien.
Referencias al numeral
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