AUTORIZACION A NUEVO MANANTIAL S.A. A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 11/04/2013
Publicación: 18/04/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 663
VISTO: las Resoluciones del Poder Ejecutivo N° 124/007 de 12 de marzo de
2007, N° 818/009 de 24 de agosto de 2009 y N° 539/010 de 24 de marzo de
2010, y el nuevo proyecto presentado por la empresa NUEVO MANANTIAL S.A.
para la ampliación de una de sus centrales generadoras de energía
eléctrica de fuente eólica.

RESULTANDO: I) que en virtud de la Resolución N° 124/007 se otorgó a NUEVO
MANANTIAL S.A. autorización para generar energía eléctrica mediante
generadores eólicos y su conexión al Sistema Interconectado Nacional,
omitiéndose indicar en la misma los padrones sobre los cuales recaía la
autorización, así como la potencia máxima de generación del
emprendimiento, sin perjuicio de que dicha información surgía del
expediente y se ubicaba en los 4,05 MW;

II) que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 818/009 de 24 de agosto de
2009, se autorizó a NUEVO MANANTIAL S.A. a generar energía eléctrica de
fuente eólica mediante una nueva central generadora de 6,0 MW, así como su
conexión al Sistema Interconectado Nacional, la cual se sumaría a los 4,05
MW previamente autorizados;

III) que dicha autorización fue posteriormente ampliada, pasando de 6,0 MW
a 9,0 MW de potencia, según Resolución del Poder Ejecutivo N° 539/010 de
24 de marzo de 2010, totalizando 13,05 MW entre las dos centrales de NUEVO
MANATIAL S.A.;

IV) que con fecha 27 de julio de 2012 NUEVO MANANTIAL S.A. se presentó a
solicitar una nueva ampliación por 5,0 MW, de forma tal de alcanzar los
14,0 MW de potencia en un punto de conexión, sumados a los otros 4,05 MW
autorizados por Resolución N° 124/007 de 12 de marzo de 2007 e instalados
en otro punto de conexión.

CONSIDERANDO: I) que resulta conveniente que las resoluciones que otorgan
autorización para generar energía eléctrica contengan la indicación
expresa de los padrones sobre los cuales recae la misma así como la
potencia máxima que se autoriza, de forma de señalar explícitamente
elementos fundamentales del proyecto presentado;

II) que, a efectos de subsanar la omisión referida en el Resultando I, el
numeral 1° de la presente resolución tiene por finalidad explicitar el
alcance de la autorización otorgada por la Resolución N° 124/007;

III) que, por su parte, el numeral 2° de la presente resolución autoriza a
NUEVO MANANTIAL S.A. a generar hasta 14,0 MW de potencia, suponiendo una
ampliación con respecto a su actual potencia de 9,0 MW en ese punto de
conexión;

IV) que mediante el dictado de un único acto administrativo que contenga
las dos autorizaciones de NUEVO MANANTIAL S.A. y la revocación de las
resoluciones precedentes, se pretende brindar certeza y claridad en cuanto
a la potencia autorizada y los padrones sobre los cuales se asientan las
centrales;

V) que por tratarse de dos puntos distintos de conexión, la Dirección
Nacional de Energía entiende que constituyen dos centrales de generación o
parques eólicos independientes y por tanto corresponden dos autorizaciones
de generación distintas, aun cuando existan padrones compartidos por
ambas;

VI) que de acuerdo a lo establecido en los artículo 53 y 54 del Reglamento
del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica aprobado por Decreto N° 360/002
de 14 de setiembre de 2002, es cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo
emprendimiento de generación;

VII) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía y la Unidad
Reguladora de los Servidos de Energía y Agua (URSEA) se han cumplido con
los requisitos exigidos por la normativa vigente.

ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14.694 de 1° de
setiembre de 1977, el Decreto-Ley N° 15.031 de 4 de julio de 1980, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 16.211 de 1° de octubre de 1991
y la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997, el artículo 403 de la Ley N°
18.719 de 27 de diciembre de 2010, el Decreto N° 360/002 de 11 de
setiembre de 2002, el Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010 y de
acuerdo a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a NUEVO MANANTIAL S.A. a generar energía eléctrica de fuente
eólica, mediante una central generadora de 4,05 MW, según anteproyecto
presentado, ubicada en los predios empadronados con los números 4445,
2588, 60371, 3609, 60418 y 60420 de la octava sección catastral del
departamento de Rocha, Paraje Chafalote, así como su conexión al Sistema
Interconectado Nacional.

2

 Autorízase a NUEVO MANANTIAL S.A a generar energía eléctrica de fuente
eólica, mediante una central generadora de 14,0 MW, según anteproyecto
presentado, ubicada en los predios empadronados con los números 4445,
2568, 60420, 60418, 2588, 60371, 3609, 41923 y 67827 de la octava sección
catastral del departamento de Rocha, Paraje Chafalote, así como su
conexión al Sistema Interconectado Nacional.

3

 Revócanse las Resoluciones del Poder Ejecutivo N° 124/007 de 12 de marzo
de 2007, N° 818/009 de 24 de agosto de 2009 y N° 539/010 de 24 de marzo de
2010.

4

 Comuníquese, notifíquese, remítase copia del expediente electrónico a la
Administración del Mercado Eléctrico y oportunamente archívese.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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