VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC) da cuenta de la solicitud presentada
por la empresa SATELITES MEXICANOS S.A. de C.V., para que se le autorice
la prestación de facilidades satelitales a través de su red de satélites
geoestacionarios.-
RESULTANDO: que la Unidad de referencia se encuentra abocada al diseño
integral del Marco Regulatorio que habrá de incluir el régimen de
otorgamiento de licencias, así como las obligaciones de carácter
económico, técnico y operativo a las que estarán sujetos los operadores y
prestadores de servicios de comunicaciones.-
CONSIDERANDO: que sin perjuicio de la elaboración de las normas que
compondrán el Marco Regulatorio en materia de telecomunicaciones, resulta
conveniente autorizar a la empresa SATELITES MEXICANOS S.A. de C.V. la
provisión del servicio mencionado en el Visto.-
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley 17.296
de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y al dictamen favorable de la
Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Autorízase a la empresa SATELITES MEXICANOS S.A. de C.V., en carácter
precario y revocable la provisión de facilidades satelitales a través de
su red de satélites geoestacionarios, previo permiso otorgado por parte
de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) a los
satélites que radien señales sobre el territorio nacional.-