AUTORIZACION A ESTRELLADA S.A. A GENERAR ENERGIA ELECTRICA DE FUENTE EOLICA




Promulgación: 17/03/2016
Publicación: 04/04/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la resolución N° 322/012 del Poder Ejecutivo de 23 de julio de 2012; 

   RESULTANDO: I) que por dicha resolución se autorizó a ESTRELLADA S.A. a generar energía eléctrica de fuente eólica mediante una central generadora de 50 MW, según anteproyecto presentado, ubicada en los predios empadronados con los N° 13.000, 16.764, 16.766, 16.768, 16.390 y 16.392 de la décima sección judicial del departamento de Cerro Largo, así como su conexión al Sistema Interconectado Nacional; 

   II) que con fecha 8 de enero de 2016, ESTRELLADA S.A. solicita que la autorización de generación sea ampliada para incluir un nuevo padrón y modificar la referencia a un padrón que fue fraccionado en tres nuevos padrones; 

   CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica aprobado por Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, es cometido del Poder Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación; 

   II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía se han cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente;

   III) que, en consecuencia, se procederá a revocar la autorización original y dictar una nueva; 

   ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14.694 de 1° de setiembre de 1977, la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010 y el Decreto N° 174/013, de fecha 11 de junio 2013, y de acuerdo a lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase a ESTRELLADA S.A. a generar energía eléctrica de fuente eólica mediante una central generadora de 50 MW, según anteproyecto presentado, ubicada en los predios empadronados con los N° 16.764, 16.766, 16.767, 16.768, 16.390, 16.392, 17.043, 17.044 y 17.045 de la décima sección catastral del departamento de Cerro Largo, así como su conexión al Sistema Interconectado Nacional. 

2

   Revócase la resolución del Poder Ejecutivo N° 322/012 de 23 de julio de 2012. 

3

   Comuníquese, notifíquese, remítase copia a la Administración del Mercado Eléctrico y oportunamente archívese. 

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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