CONTRATACION DIRECTA DEL ESTADO. URUTRANSFOR S.A.




Promulgación: 29/10/2001
Publicación: 01/11/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1050
VISTO: la solicitud promovida por la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas (UTE) para que se le autorice a contratar en 
forma directa con la firma LUARTIN SA (en trámite de cambio de nombre a 
URUTRANSFOR S.A), la adquisición de transformadores de fabricación 
nacional hasta el 50% de sus necesidades de consumo;

RESULTANDO: que al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 
Orgánica de UTE No. 15.031 de 4 de julio de 1980 y del artículo 2º del 
TOCAF 1996, la referida Administración solicita autorización para 
proceder a la firma de un convenio marco, cuyo proyecto fue aprobado por 
Resolución Nº 01-2703 de fecha 26/10/01, con el objeto de adquirir en 
forma directa transformadores de fabricación nacional;

CONSIDERANDO: I) que el mencionado artículo 23 habilita a UTE a realizar 
compras directas previa autorización fundada del Poder Ejecutivo;

II) que el art. 2º del TOCAF establece que sus disposiciones se aplicarán 
a los Entes Industriales o Comerciales del Estado en tanto sus leyes 
orgánicas no establezcan regímenes especiales;

III) que la contratación propuesta contempla las necesidades y los 
intereses de la Administración, al tiempo que fomenta el desarrollo de la 
industria nacional en el rubro fabricación de transformadores;

IV) que el emprendimiento en cuestión genera fuentes de trabajo para mano 
de obra nacional que tendrá actividad en la misma con participación 
accionaria en la empresa en cuestión.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el art. 2º del TOCAF 1996 y 
art. 23 de la ley 15.031 de 4 de Julio de 1980;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Autorízase a la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones 
Eléctricas (UTE) a celebrar un convenio marco con la firma LUARTIN SA. 
(en trámite de cambio de nombre a URUTRANSFOR S.A) por el término máximo 
de tres años con el objeto de adquirir en forma directa, hasta el 50% de 
sus necesidades de consumo al tenor del convenio marco aprobado.

2

 Comuníquese y publíquese, etc.

BATLLE - SERGIO ABREU


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