MODIFICACION DE LA ADJUDICACION DE FRECUENCIAS DE RADIODIFUSION. CONSORCIO GIRO. SAOMIL S.A. INTENDENCIA DE SAN JOSE. INTENDENCIA DE FLORIDA. INSTITUTO GERARDO CUESTA - LEON DUARTE




Promulgación: 27/02/2015
Publicación: 10/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La necesidad de modificar la asignación de algunos de los canales que fueron adjudicados para prestar el servicio de televisión digital abierta en las Resoluciones 659/013 de 23 de octubre de 2013, 661/013 de 24 de octubre de 2013, y 666/013 de 25 de octubre de 2013.

   RESULTANDO: Que por decreto de fecha XX de febrero de 2015, el Poder Ejecutivo identificó 6 nuevos canales, de 6 MHz de ancho de banda cada uno, para servicios de televisión para abonados por el sistema UHF codificado, en las áreas oportunamente autorizadas a BERSABEL S.A. y VISION SATELITAL S.A., dentro de la sub-banda 512-698 MHz, modificando el Decreto N° 153/012, de fecha 11 de mayo de 2012;

   CONSIDERANDO: I) Que esta nueva identificación de canales para el servicio de televisión para abonados por el sistema UHF codificado implica la necesidad de una re-planificación y re-ordenamiento de la asignación de canales para el servicio de televisión digital abierta;

   II) Que de acuerdo al informe de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) es necesario y factible modificar la asignación de los canales y en tal sentido propone diferentes opciones a considerar;

   III) Que el informe de la DINATEL se inclina por adoptar la Opción 1 del informe de URSEC, que recomienda modificar la asignación de los canales 35, 38 y 39 del Área Metropolitana Ampliada de Montevideo, el 33 de San José, y el 26 de Florida, oportunamente asignados a INSTITUTO GERARDO CUESTA - LEÓN DUARTE, CONSORCIO GIRO, SAOMIL S.A., INTENDENCIA DE SAN JOSÉ e INTENDENCIA DE FLORIDA respectivamente;

   IV) Que se ha dado vista a vista a los interesados en cumplimiento de las garantías del debido proceso administrativo;

   ATENTO: A lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Modificar la asignación de canal efectuada a CONSORCIO GIRO en el numeral 2° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 659/013 de 23 de octubre de 2013, el cuál pasará a ser el canal identificado como 33 (584-590 MHz).

2

   Modificar la asignación de canal efectuada a SAOMIL S.A. en el numeral 4° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 659/013 de 23 de octubre de 2013, el cuál pasará a ser el canal identificado como 34 (590-596 MHz).

3

   Modificar la asignación de canal efectuada a INSTITUTO GERARDO CUESTA - LEÓN DUARTE en el numeral 3° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 666/013 de 25 de octubre de 2013, el cuál pasará a ser el canal identificado como 26 (542-548 MHz).

4

   Modificar la asignación de canal efectuada a INTENDENCIA DE FLORIDA en el numeral 12° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 661/013 de 24 de octubre de 2013, el cuál pasará a ser el canal identificado como 25 (536-542 MHz).

5

   Modificar la asignación de canal efectuada a INTENDENCIA DE SAN JOSE en el numeral 24° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 661/013 de 24 de octubre de 2013, el cuál pasará a ser el canal identificado como 25 (536-542 MHz).

6

   Comuníquese y publíquese. Cumplido pase a URSEC a sus efectos.

   JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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