APROBACION DE FUSION POR ABSORCION DE MUTUALISTAS. UNION MEDICA REGIONAL. CIRCULO CATOLICO DE OBREROS DEL URUGUAY MUTUALISTA




Promulgación: 16/04/2012
Publicación: 07/05/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 717

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 Exonérase del Impuesto a las Rentas de Actividades Económicas, del
Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto a las Transmisiones
Patrimoniales y de todo otro tributo o gravamen que les fuere aplicable,
la fusión por absorción que se autoriza en la presente Resolución. No será
exigible escritura pública para la transferencia de bienes, derechos,
obligaciones o gravámenes comprendidos en la transmisión patrimonial
operada como consecuencia de dicha fusión.
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