DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ODAMAR S.A.




Promulgación: 21/08/2002
Publicación: 27/08/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 457
VISTO: La Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de enero de 1998 por 
lo que se declaró de Interés Nacional el proyecto de inversión presentado 
por la empresa ODAMAR S.A., para la construcción del Hotel denominado 
"Jean Clevers".

RESULTANDO: Que el proyecto mencionado se encuentra en etapa de 
ejecución.

CONSIDERANDO: I) Que con fecha 14 de mayo de 2001 se presentó ante el 
Ministerio de Turismo la empresa ODAMAR S.A. solicitando ampararse en las 
disposiciones del Decreto Nº 124/001 de 5 de abril de 2001 conforme a lo 
establecido por el artículo 17 del mismo.

II) Que el Decreto Nº 124/001, prevé mayores beneficios a los ya 
otorgados al amparo del Decreto Nº 291/995 del 2 de agosto de 1995.

III) Que en tal virtud la empresa ODAMAR S.A. solicita ampararse a los 
beneficios otorgados por los incisos e., f. y g. del artículo 3 del 
Decreto Nº 124/01 de 5 de abril de 2001.

IV) Que de acuerdo con el informe producido por el Ministerio de Turismo, 
la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº 16.906 
de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para la 
actividad que desarrollará la empresa ODAMAR S.A. y propone medidas 
promocionales.

ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en el Artículo 17 del Decreto Nº 
124/001 del 5 de abril de 2001.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Declárase amparado al Decreto Nº 124/001 del 5 de abril de 2001 al 
proyecto de inversión presentado por la firma ODAMAR S.A.
Referencias al numeral

2

 Autorízase a la empresa ODAMAR S.A. a usufructuar el beneficio previsto 
en el artículo 3 inciso e. del Decreto Nº 124/001, otorgamiento de un 
crédito por el Impuesto al Valor Agregado a la adquisición en plaza de 
los bienes de activo fijo destinados al equipamiento, cuyo listado obra 
anexo a la presente, por hasta un monto imponible de U$S 145.815 (dólares americanos ciento cuarenta y cinco mil ochocientos quince).

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

3

 Autorízase a la empresa ODAMAR S.A. a usufructuar el beneficio previsto 
en el artículo 3º inciso f. del Decreto 124/001, exoneración del Impuesto 
al Valor Agregado a las importaciones de bienes destinados al 
equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente, por hasta un monto imponible de U$S 172.486 (dólares americanos ciento setenta y dos mil cuatrocientos ochenta y seis). (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

4

 Autorízase a la empresa ODAMAR S.A. a usufructuar el beneficio previsto 
en el artículo 3º inciso g. del Decreto Nº 124/001, exoneración del 50% 
de todos los tributos que graven las importaciones de bienes de activo 
fijo destinados al equipamiento, por hasta un monto imponible de U$S 
172.486 (dólares americanos ciento setenta y dos mil cuatrocientos 
ochenta y seis) y a los materiales y bienes de obra civil e 
infraestructura por hasta un monto imponible de U$S 677.667 (dólares 
americanos seiscientos setenta y siete mil seiscientos sesenta y siete).

5

 Vuelva al Ministerio de Turismo a sus efectos.

BATLLE - JUAN BORDABERRY - ALEJANDRO ATCHUGARRY



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