DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ANDRESITO S.A.




Promulgación: 22/11/2000
Publicación: 29/11/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 879

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 Los bienes que se incorporen con destino a Obra Civil e Infraestructura, 
para llevar a cabo la actividad del proyecto de inversión aprobado, así 
como el predio asiento de la misma, se podrán computar como activos 
exentos a efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio por el 
término de 11 años a partir del ejercicio de su incorporación inclusive y 
por 5 años los bienes destinados a equipamiento con excepción de los 
correspondientes al Supermercado, por un monto de U$S 940.468 (dólares 
americanos novecientos cuarenta mil cuatrocientos sesenta y ocho). A los 
efectos de los pasivos, los citados bienes serán considerados activos 
gravados.
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