VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la desafectación del tramo de la Planimetría General de la
Ruta Nº 7 entre las progresivas 76Km197,36 y 79Km196,26 (progresivas de
proyecto), en la Ciudad de Tala Departamento de Canelones.
RESULTANDO: I) Que dicha Planimetría fue aprobada por Resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 17 de agosto de 1988 correspondiente al Estudio
de la Consultora SURCO S.R.L. (proyecto 11024).
II) Que el Departamento Letrado no formula obsevaciones al respecto.
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 10.382 del 13 de febrero de
1943.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Desaféctase el tramo de la Planimetría General de Ruta Nº 7 entre las
progresivas 76Km197,36 y 79Km196,26 (progresivas de proyecto) en la
Ciudad de Tala Departamento de Canelones de acuerdo a la gestión
promovida por la Dirección Nacional de Vialidad en autos.