Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de COMACO REFRACTARIOS S.R.L.. a fin de que se
otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de
Previsión Social, a 4 (cuatro), de sus trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la caída de la actividad en la industria de la
construcción, ha determinado el envío de parte del personal de la empresa
al Seguro por Desempleo.
II) Que en la actualidad dicho personal no puede ser reintegrado.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del Seguro por
Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas
necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
1
Amplíase por el plazo de 90 (noventa) días y a contar desde los
respectivos vencimientos, el Seguro por Desempleo que otorga el Banco de
Previsión Social, a 4 (cuatro), trabajadores de la firma COMACO
REFRACTARIOS S.R.L. que se encuentren en condiciones legales de acceder a
la misma.