DESAFECTACION DE JURISDICCION. RUTAS NACIONALES. CANELONES




Promulgación: 07/11/1994
Publicación: 22/11/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 Visto: La gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la descalificación como Rutas Nacionales, de los siguientes
tramos: Nº 1 Doble vía del km. 15.400 al km. 31.400 de Ruta Nacional Nº
201 - de Ruta 101 a Interbalnearia (Ruta 200), longitud 16 km., y Nº 2
Doble vía del km. 31.400 al km. 15.400 de Ruta Nacional Nº 201 de
Interbalnearia (Ruta 200) a Ruta 101, longitud 16 km.

 Resultando: I) Que la mencionada dependencia en atención a los cometidos
fundamentales de mantenimiento de la red de carreteras nacionales, debe
optimizar los rendimientos de instalaciones, maquinarias y personal
asignado a tales funciones, por lo que cree oportuno desafectar de la
jurisdicción nacional los tramos en cuestión, dado que sus características
lo habilitan para ser considerado como camino vecinal en un todo de
acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

 II) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada) del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas por informe Nº 515/94 del 29 de
agosto de 1994, es conteste con el temperamento expuesto precedentemente,
no formulando objeciones al respecto.

 Atento: A lo establecido en el Decreto-Ley Nº 10.382 del 13 de febrero de
1943.

 El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

  Descalifícase de su carácter nacional, pasando a la jurisdicción de la
Intendencia Municipal de Canelones los siguientes tramos: Nº 1 Doble vía
-del km. 15.400 al km. 31.400 de Ruta Nacional Nº 201- de Ruta 101 a
Interbalnearia (Ruta 200), longitud 16 km.; y Nº 2 Doble vía del km.
31.400 al km. 15.400 de Ruta Nacional Nº 201 - de Interbalnearia (Ruta
200) a Ruta 101, longitud 16 km., de acuerdo a lo informado por la
Dirección Nacional de Vialidad en autos. 

2

  Comuníquese  la Intendencia Municipal de Canelones, y siga por su orden,
a las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad a sus efectos. 

LACALLE HERRERA - JOSE LUIS OVALLE
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