Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: La gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la descalificacion de la jurisdicción Nacional del tramo de
Ruta 77, entre el Arroyo de la Virgen y 25 de Agosto, con una longitud de
1km000 (Departamento de Florida).
Resultando: I) Que la mencionada dependencia en atención a los
cometidos fundamentales de mantenimiento de la red de carreteras
nacionales, debe optimizar los rendimientos de instalaciones, maquinaria y
personal asignado a tales funciones, por lo cual cree oportuno desafectar
de la jurisdicción nacional el tramo mencionado.
II) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada)
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas por informe Nº 668/93
glosado a Fs. 5 de autos, es conteste con el temperamento expuesto
precedentemente, no formulando objeciones al respecto;
Considerando: Que de acuerdo a lo establecido en la normativa
vigente las características del tramo en cuestión, lo habilita para ser
considerado como camino vecinal.
Atento: A lo indicado en el Decreto Ley Nº 10.382 del 13 de
febrero de 1943.
El Presidente de la República
RESUELVE:
Descalifícase de su carácter nacional, pasando a la jurisdicción de la
Intendencia Municipal de Florida el tramo de ruta 77, entre el Arroyo de
la Virgen y 25 de Agosto con una longitud de 1km000 (Departamento de
Florida), de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Vialidad
en autos.