DESAFECTACION DE TRAMO DE RUTA NACIONAL. RUTA 77




Promulgación: 21/12/1993
Publicación: 05/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
      Visto: La gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la descalificacion de la jurisdicción Nacional del tramo de
Ruta 77, entre el Arroyo de la Virgen y 25 de Agosto, con una longitud de
1km000 (Departamento de Florida).

     Resultando: I) Que la mencionada dependencia en atención a los
cometidos fundamentales de mantenimiento de la red de carreteras
nacionales, debe optimizar los rendimientos de instalaciones, maquinaria y
personal asignado a tales funciones, por lo cual cree oportuno desafectar
de la jurisdicción nacional el tramo mencionado.

     II) Que la Dirección Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada)
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas por informe Nº 668/93
glosado a Fs. 5 de autos, es conteste con el temperamento expuesto
precedentemente, no formulando objeciones al respecto;

     Considerando: Que de acuerdo a lo establecido en la normativa
vigente las características del tramo en cuestión, lo habilita para ser
considerado como camino vecinal.

     Atento: A lo indicado en el Decreto Ley Nº 10.382 del 13 de
febrero de 1943.

     El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

  Descalifícase de su carácter nacional, pasando a la jurisdicción de la
Intendencia Municipal de Florida el tramo de ruta 77, entre el Arroyo de
la Virgen y 25 de Agosto con una longitud de 1km000 (Departamento de
Florida), de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Vialidad
en autos.

2

 Comuníquese a la Intendencia Municipal mencionada y siga por su orden, a
las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad a sus efectos.

LACALLE HERRERA - JUAN CARLOS RAFFO
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