SE DISPONE LA CLAUSURA TEMPORARIA DE LA EMPRESA DOLORES S.R.L.




Promulgación: 27/12/1999
Publicación: 24/01/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de clausura de la Empresa DOLORES S.R.L elevada por
el Sr. Inspector General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;

RESULTANDO: I) Que a la referida Empresa se le intimó según consta en
autos por parte del Inspector actuante, la presentación de diversa
documentación a fin de fiscalizar el cumplimiento de las leyes vigentes;

II) Que pese a las reiteradas intimaciones practicadas, la Empresa ha
sido omisa, en cumplir con las mismas;

CONSIDERANDO: La falta de interés demostrada en consecuencia, por la
administrada;

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto por el Decreto 680/977 y por el
Artículo 289 inciso final de la Ley Nº 15.903;

              EL MINISTRO (I) DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                 RESUELVE

1

 CLAUSURASE a la Empresa DOLORES S.R.L sita en F. Carámbula 1231, Rivera,
por un plazo de seis (6) días quedando la misma obligada a abonar a su
personal, la totalidad de las obligaciones emergentes de la relación de
trabajo, por dicho lapso;

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 27/01/2000, 27/01/2000.

2

 COMUNIQUESE, notifíquese y pase a la Dirección Nacional de Coordinación
en el Interior (DINACOIN);

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 27/01/2000.

LUIS BREZZO
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