CREACION DE ASOCIACION CIVIL. PROGRAMA NACIONAL DE COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL




Promulgación: 02/02/2000
Publicación: 11/02/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la iniciativa conjunta del Ministerio de Industria, Energía y
Minería y la Cámara de Industrias del Uruguay tendiente a la constitución
de una Fundación, que tenga como objeto impulsar el desarrollo de la
industria, promoviendo a través de la colaboración de los actores
económicos la mejora de la competitividad industrial y la cultura de la
innovación industrial y la búsqueda de la calidad industrial, en las
actividades industriales.

RESULTANDO: que las referidas iniciativas constituyen actividades que el
Estado debe propiciar y fomentar estimulando el desarrollo social y
económico.

CONSIDERANDO: que las mismas persiguen un fin de interés general sin
propósito de lucro.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo dispuesto en el art. 304 de la
Ley No. 16.736 de 5 de enero de 1996 y Ley No. 17.163 de 1º de setiembre
de 1999.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Autorízase la constitución de una Fundación entre el Estado y la Cámara
de Industrias del Uruguay de acuerdo al objeto antes indicado.

SANGUINETTI - PRIMAVERA GARBARINO



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