APROBACION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA EL SUMINISTRO DE SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS




Promulgación: 04/03/2011
Publicación: 22/03/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 481
VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo N° 946/010 de 14 de junio de
2010.

RESULTANDO: I) que el numeral 4° de la misma, dispuso la realización por
parte de la URSEC, de un procedimiento competitivo para autorizar nuevos
servicios de televisión para abonados por sistema MMDS, para la zona rural
de la ciudad de Minas, cuyas condiciones requerirían previa aprobación de
la Dirección Nacional de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria,
Energía y Minería;

II) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)
elaboró y sometió a consideración el Pliego de Bases y Condiciones,
correspondiente a dicho Llamado Público.

CONSIDERANDO: I) que estando disponibles las zonas mencionadas
precedentemente, corresponderá proceder de acuerdo a lo dispuesto por la
Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, efectuándose el llamado público a
interesados correspondiente;

II) que la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de
Comunicación Audiovisual prestó conformidad al Pliego;

III) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería no formula observaciones.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de
21 de febrero de 2001 y Decreto 155/005 del 9 de mayo de 2005, y a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la
Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación
Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado público a
interesados en suministrar el servicio de televisión para abonados
empleando la tecnología "MMDS" (Sistema de Distribución Multiseñal
Multipunto), en las zonas rurales circundantes a la ciudad de Minas,
departamento de Lavalleja, que acompaña a la presente resolución y se
considera parte integrante de la misma. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 Comuníquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN
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