DECLARACION DE INTERES. PROYECTO DE LA COOPERATIVA COOM




Promulgación: 28/02/2014
Publicación: 11/03/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 259
VISTO: lo establecido por el Artículo 36 del Decreto N° 341/2011, de 27 de
setiembre de 2011 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto
117/2013 de fecha 12 de abril de 2013, por el cual se determina que es
objetivo del Fondo para el Desarrollo dar asistencia técnica y soporte
financiero a proyectos que, siendo viables y sustentables, sean definidos
de interés a juicio del Poder Ejecutivo;

RESULTANDO: que la Junta de Dirección del Fondo para el Desarrollo ha
estimado de utilidad el otorgamiento del soporte financiero solicitado por
la Cooperativa COOM, con relación al proyecto sometido a su estudio, en
atención a la viabilidad y sustentabilidad de éste, así como a su
adecuación a los extremos fundantes para su otorgamiento dispuestos por la
normativa vigente;

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la declaración de interés, a los
exclusivos efectos del Artículo 36 del Decreto N° 341/2011, de 27 de
setiembre de 2011 en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto
117/2013 de fecha 12 de abril de 2013, del proyecto de la Cooperativa
COOM, en los términos sugeridos por la Unidad Técnica FONDES

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Declárase de interés, a los efectos de lo dispuesto en el Artículo 36 del
Decreto N° 341/2011, de 27 de setiembre de 2011 en la redacción dada por
el artículo 1° del Decreto 117/2013 de fecha 12 de abril de 2013, el
proyecto de la Cooperativa COOM, en los términos sugeridos por la Unidad
Técnica FONDES con respecto al mismo.

2

 Comuníquese, etc.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - ENRIQUE PINTADO
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