OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE TELECOMUNICACIONES CLASE "B", A CONSORCIO LIBERTAD DIGITAL S.R.L.




Promulgación: 22/01/2024
Publicación: 26/01/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud presentada por CONSORCIO LIBERTAD DIGITAL S.R.L. a efectos que se le otorgue la Licencia de Telecomunicaciones Clase "B" para la prestación del servicio de transmisión de datos a través de tecnología alámbrica, en las áreas geográficas donde actualmente ostenta Licencia clase "D" para la prestación del servicio de TV para Abonados por sistema alámbrico;

   RESULTANDO: I) que por Resolución URSEC N° 007/08 Acta 001 de fecha 24 de enero de 2008, se autorizó la transferencia de la Licencia Clase D perteneciente a la empresa Green World S.A., que la habilita a prestar el servicio de Televisión para Abonados por el sistema cable en la localidad de Libertad del departamento de San José y por sistema MMDS con una planta emisora desde dicha localidad, a favor de CONSORCIO LIBERTAD DIGITAL S.R.L.;

   II) que por Resolución URSEC N° 081 Acta 006 de fecha 25 de febrero de 2010 se autorizó a la empresa CONSORCIO LIBERTAD DIGITAL S.R.L., el cambio tecnológico para la prestación del Servicio de Televisión para Abonados en la localidad de Playa Pascual del departamento de San José, pasando a suministrar por medio de cable (coaxial o fibra óptica) las señales que se reciben por medio del sistema MMDS desde la localidad de Libertad;

   III) que conforme al artículo 56 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014 en la redacción dada por el artículo 240 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, los titulares de servicios de comunicación audiovisual de televisión para abonados que prestan el servicio a través de tecnología alámbrica tendrán derecho a solicitar licencias para prestar servicios de banda ancha y acceso a internet, a través del empleo de sus redes propias, desarrollos futuros o de recursos que contraten con terceros, en igual área de cobertura a la de su respectiva licencia;

   IV) que el artículo 11 del Reglamento de Licencias de Telecomunicaciones aprobado por el Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003 enumera taxativamente los requisitos que deben cumplirse para la obtención de una licencia de telecomunicaciones;

   CONSIDERANDO: que de la documentación presentada por CONSORCIO LIBERTAD DIGITAL S.R.L. surge que ha cumplido con los requisitos jurídicos y técnicos exigidos por la normativa vigente para acceder a lo solicitado;

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y a lo dispuesto por el artículo 70 y siguientes de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, el Decreto N° 115/003, de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Otórgase a CONSORCIO LIBERTAD DIGITAL S.R.L. la Licencia de Telecomunicaciones Clase "B" y autorización para la prestación del servicio de transmisión de datos a través de tecnología alámbrica, en las áreas geográficas donde actualmente ostenta Licencia clase "D" y autorización para la prestación del servicio de TV para Abonados por sistema alámbrico.

2

   Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.

   LACALLE POU LUIS - ELISA FACIO
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