DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 08/07/1975
Publicación: 15/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 47
Referencias a toda la norma

2

   Dichos inmuebles quedan afectados por las siguientes servidumbres:

A) Prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que
altere las líneas, el carácter o la finalidad del edificio;

B) Obligación de proveer a la conservación de los inmuebles y efectuar
las reparaciones necesarias para ese fin;

C) Obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación a los fines de
comprobar el estado de conservación del bien.
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