MODIFICACION DEL PORCENTAJE DE TRIPULACION NACIONAL DEL BUQUE PESQUERO "RAMBLA" ESTABLECIDO EN EL ART. 27 DE LA LEY 13.833




Promulgación: 28/12/2015
Publicación: 14/01/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   La modificación de tripulación que se autoriza por el numeral precedente tendrá igual vigencia que el Permiso de Pesca del Buque Pesquero "RAMBLA", siempre que la pesca se dirija a la especie Dissostichus eleginoides y que el buque se encuentre realizando operaciones de pesca en aguas antárticas, Subárea estadística 48.3 de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA).
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