Fecha de Publicación: 09/07/2003
Página: 59-A
Carilla: 25

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

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 Establécese que se deberá emitir con una Potencia Efectiva Radiada (PER) 
de 100 kw y una altura media de antena (HMA) de 100 metros. Asimismo, el 
sistema deberá ser direccional que limite la potencia a 25 Kw PER, 
relación frente espalda de 6 DB respecto al acimut de máxima radiación, 
entre los acimut que comprenda a la ciudad de Punta del Este.-
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