Autorízase a la empresa ALWAYS HOTEL S.R.L. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3º del inciso a. del Decreto Nº 175/003,
otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado y por la
Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social incluidos en la
adquisición en plaza de bienes y servicios destinados a la construcción
(infraestructura y obra civil), por hasta un monto imponible de U$S
1.187.859 (dólares americanos un millón ciento ochenta y siete mil
ochocientos cincuenta y nueve).