Fecha de Publicación: 27/08/1999
Página: 410-A
Carilla: 26

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Resolución 687/999

Autorízase un régimen especial de contratación del servicio de cobranza
de facturas u otros documentos emitidos por la Administración Nacional de
Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.).
(1.609*R)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

                                          Montevideo, 18 de agosto de 1999

VISTO: la solicitud de la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.), para que se le autorice la aplicación
de un procedimiento especial de contratación del servicio de cobranza de
facturas u otros documentos emitidos por dicha Administración.

RESULTANDO: I) que U.T.E., por Resolución de Directorio, R 99.-536 del 15
de mayo de 1999, aprobó la instrumentación del procedimiento especial,
remitiendo las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República;

II) que el artículo 34 del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración Financiera del Estado prevé el establecimiento de
regímenes especiales de contrataciones estatales cuando las
características de los bienes o servicios lo hagan conveniente para la
administración, los que estarán basados en los principios generales de
publicidad e igualdad de los oferentes que extiende a los Entes
Autónomos.

CONSIDERANDO: que el Procedimiento propuesto, agilita significativamente
el régimen de contratación, respetando los principios de publicidad e
igualdad de los oferentes, mediante una convocatoria pública, en
distintos medios de prensa, por un período mayor al requerido en otros
procedimientos de contratación y en la cual se incluyen todas las
condiciones contractuales;

ATENTO: al informe favorable del Tribunal de Cuentas de la República de
fecha 14 de julio de 1999 y a la facultad establecida en el artículo 34
del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado
(TOCAF 96);

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase un régimen especial de contratación del servicio de cobranza
de facturas u otros documentos emitidos por la Administración Nacional de
Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.), a tenor del documento adjunto
que forma parte de la presente resolución.

2

 Dése cuenta a la Asamblea General.

3

 Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en dos diarios de
circulación nacional, etc.

SANGUINETTI, JULIO HERRERA.


 PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA CONTRATACION DE SERVICIO DE COBRANZA DE
                                 FACTURAS

1) OBJETO

El presente procedimiento tiene por objeto la contratación del servicio
de cobranza de facturas emitidas por UTE u otros documentos derivados de
servicios prestados por ella a terceros, en locales comerciales que se
seleccionarán a esos efectos en todo el territorio nacional.

2) CARACTERISTICAS DEL SERVICIO

El servicio a contratar se compone de un procedimiento de cobro de
facturas y de la entrega de la documentación respaldante lo que será
expresamente establecido en el llamado público de interesados.

3) CATEGORIZACION DE LOS LOCALES

Los locales en los cuales se prestará el servicio a contratar serán
agrupados en Categorías en atención a las exigencias del Organismo
contratante de acuerdo a las características que se detallarán en la
convocatoria pública respectiva.

4) CONVOCATORIA.

UTE convocará públicamente a los interesados mediante publicaciones a
efectuarse en el Diario Oficial y en por lo menos dos periódicos de
circulación nacional durante dos días, así como en revistas
especializadas y en carteleras de las Oficinas Comerciales de UTE en
todas las oportunidades que lo entienda pertinente de acuerdo a sus
necesidades.

5) PRESENTACION DE OFERTAS.

Los interesados deberán presentar sus propuestas en el lugar que UTE
establecerá en la respectiva convocatoria, debiéndose especificar:
*  ubicación física y localidad
*  croquis del local o locales.
*  Dimensiones del salón de ventas.
*  Cantidad y ubicación de las cajas.
*  Puertas de acceso.
*  Días y horarios de atención al público.
Todas las empresas deberán presentar conjuntamente con la oferta estados
contables básicos certificados por Contador Público o estado patrimonial
certificado por Escribano.
UTE podrá requerir información adicional al respecto cuando lo considere
necesario.

6) SELECCION DEL CONTRATISTA.

De todas las empresas que se consideren solventes, que no se encuentren
incluídas en el registro de morosos de UTE, y cuyos locales sean
adecuados de acuerdo a lo establecido en la convocatoria pública, se
seleccionarán sólo aquellos que a exclusivo juicio de UTE estén ubicados
en lugares en los que el Organismo considere necesario tener un local de
cobranza.

7) CONTRATACION

UTE formalizará su voluntad de contratar a través de la suscripción de
contratos con los interesados, donde ésta establecerá:
*  Plazo del mismo.
*  Categoría.
*  Precio: consiste en una comisión sobre el monto de las facturas
   cobradas en función de las categorías establecidas en la convocatoria,
   la que será de aplicación a todos los contratistas independientemente
   de la fecha de suscripción del contrato respectivo.
*  Causales de rescisión, tanto genéricas como específicas.


Recibido por D. O. el 23 de Agosto de 1999


		
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