Fecha de Publicación: 09/04/2002
Página: 81-A
Carilla: 37

MINISTERIO DE TURISMO

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 Autorízase a la empresa ROMALUR S.A. a usufructuar el beneficio previsto 
en el artículo 3º inciso g. del Decreto Nº 124/001, exoneración del 50% 
de todos los tributos que graven las importaciones de bienes de activo 
fijo destinados al equipamiento, por hasta un monto imponible de U$S 
1:093.076 (dólares americanos un millón noventa y tres mil setenta y 
seis).
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