Resolución 421/020
Deléganse en el Prosecretario de la Presidencia de la República o en quien haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo relativas al dictado de los actos administrativos que autorizan las Misiones Oficiales y sus modificativas.
(1.528*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 1° de Abril de 2020
VISTO: lo dispuesto por los artículos 160 y 168 numeral 24 de la Constitución de la República, que facultan al Poder Ejecutivo a delegar atribuciones;
RESULTANDO: I) que en el ejercicio de tales poderes jurídicos, el Poder Ejecutivo mediante diferentes resoluciones, delegó atribuciones dentro del propio sistema orgánico en los diversos Ministerios que lo integran;
II) que sin perjuicio de las delegaciones de atribuciones vigentes existe innumerable cantidad de asuntos que instruye la Administración Central que culminan con el dictado de actos administrativos refrendados por el Presidente de la República y el o los Ministros respectivos;
CONSIDERANDO: I) que por razones de buena administración, para dar agilidad a los trámites y en definitiva descongestionar las refrendas del Poder Ejecutivo se estima conveniente que éste delegue en el señor Prosecretario de la Presidencia de la República, o quien haga sus veces las atribuciones relativas al dictado de los actos administrativos que autorizan las Misiones Oficiales y sus modificativas, resuelven los recursos administrativos jerárquicos y de anulación y declaran la procedencia o improcedencia de la repetición del daño contra los funcionarios públicos que incurrieren en responsabilidad de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Constitución de la República;
II) que por lo expresado, procede modificar la Resolución de la Presidencia de la República N° 379/018 de 6 de agosto de 2018;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 168 numeral 24 de la Constitución de la República, artículo 2 del Decreto 500/991 y demás normas y principios generales de Derecho aplicables;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1
Deléganse en el Prosecretario de la Presidencia de la República o en quien haga sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo relativas al dictado de los actos administrativos que autorizan las Misiones Oficiales y sus modificativas, resuelven los recursos administrativos jerárquicos y de anulación y declaran la procedencia o improcedencia de la repetición del daño contra los funcionarios públicos que incurrieren en responsabilidad de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Constitución de la República.
LACALLE POU LUIS; JORGE LARRAÑAGA; ERNESTO TALVI; AZUCENA ARBELECHE; JAVIER GARCÍA; PABLO DA SILVEIRA; LUIS ALBERTO HEBER; OMAR PAGANINI; PABLO MIERES; DANIEL SALINAS; CARLOS MARÍA URIARTE; GERMÁN CARDOSO; IRENE MOREIRA; PABLO BARTOL.