Fecha de Publicación: 24/04/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                             Resolución 348/017

Amplíase el beneficio del Subsidio por Desempleo, que concede el Banco de Previsión Social, a trabajadores de la cooperativa Rápido Internacional Cooperativo (RA.IN.COOP.) .
(918)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

                                            Montevideo, 5 de Abril de 2017

   VISTO: La solicitud presentada por la cooperativa Rápido Internacional Cooperativo (RA.IN.COOP.), cuyo giro es transporte de pasajeros, a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social a cinco (5) de sus trabajadores, al amparo de lo previsto por el decreto-ley N° 15.180 de 20 de agosto de 1981. 

   RESULTANDO: Que la inactividad de la cooperativa ha determinado el envío del personal al Seguro por Desempleo. 

   CONSIDERANDO: I) Que la prórroga solicitada se encuentra dentro de los plazos previstos por el artículo 10° del decreto-ley N° 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la ley N° 18.399 de 24 de octubre de 2008. 
    
   II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la instrumentación de las medidas necesarias a fin de mantener la fuente de trabajo a dicho personal. 

   III) Que por Resolución del Consejo de Ministros del 12 de abril de 2010, se delegan en el Ministro de Trabajo y Seguridad Social o quien haga sus veces las atribuciones del Poder Ejecutivo consagradas en el artículo 10° del decreto-ley N° 15.180 de 20 de agosto de 1981 en la redacción dada por la ley N° 18.399 de 24 de octubre de 2008. 

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10° del decreto-ley N° 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la ley N° 18.399 de 24 de octubre de 2008 y en la Resolución del Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros de fecha 12 de abril de 2010, 
    
                EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                 RESUELVE

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   AMPLÍASE por noventa (90) días el plazo del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a cinco (5) trabajadores de la cooperativa Rápido Internacional Cooperativo (RA.IN.COOP.) que se encuentran en condiciones legales de acceder al mismo. 

   ERNESTO MURRO.
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