Fecha de Publicación: 11/04/2011
Página: 109-A
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Resolución 125/011

Apruébanse las bases que regirán la Convocatoria 2011 de Fondos
Concursables para la Cultura.
(589*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

                                           Montevideo, 15 de Marzo de 2011

VISTO: Estas actuaciones originadas con la solicitud de la Dirección
Nacional de Cultura gestionando la aprobación de las Bases que regirán la
Convocatoria 2011 de Fondos Concursables para la Cultura.

RESULTANDO: I) Para el ejercicio 2011 en el marco de los Fondos
Concursables para la Cultura, se convoca a la presentación de proyectos
tanto en el Fondo Regional como en el Nacional en las siguientes áreas:
Artes Visuales, Danza, Letras, Memoria y Tradiciones, Música, otros
Proyectos Culturales, Revistas especializadas en cultura, Relato Gráfico,
Teatro y Formación.

II) Existiendo disponibilidad suficiente se asigna para la Convocatoria
2011 la suma de $ 17.292.600 (pesos uruguayos diecisiete millones
doscientos noventa y dos mil seiscientos) que se distribuyen tanto en el
Fondo Regional como Nacional entre las diferentes categorías convocadas.

III) Que el importe asignado a la Convocatoria 2011 de Fondos Concursables
para la Cultura se encuentra dentro del ámbito de la competencia para
gastar del Poder Ejecutivo en su calidad de Ordenador Primario de
conformidad con lo establecido en los Arts. 27 al 30 del TOCAF.

CONSIDERANDO: I) Que el objetivo principal de los Fondos Concursables para
la Cultura en la Convocatoria 2011, es apoyar las realizaciones culturales
y contribuir a la democratización, mejorando las oportunidades de acceso a
los bienes y servicios culturales de aquellos sectores de la población que
tienen menos contacto con la oferta, por lo que constituye una prioridad
de las políticas culturales desarrolladas por esta Administración.

II) Que razones de buena administración, así como la necesidad de de
agilitar los procedimientos habilitan a delegar en el Ministro de
Educación y Cultura o en quien haga sus veces, la atribución del Poder
Ejecutivo relacionada con la homologación del fallo de los jurados y la
adjudicación y pago de los montos asignados a los proyectos que resultaren
seleccionados.

ATENTO: A lo expuesto, a lo dispuesto por los Arts. 238 de la Ley 17.930
de 19 de diciembre de 2005, 31 de la Ley 18.046 de 24 de octubre de 2006,
Art. 4 nal. 1°) del Decreto 364 de 1ro. de Octubre de 2007 y Arts. 160 y
168 nal. 24 de la Constitución de la Constitución de la República,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     Actuando en Consejo de Ministros

                                RESUELVE:

1

 APRUÉBANSE las bases que regirán la Convocatoria 2011 de Fondos
Concursables para la Cultura, las que se anexan y forman parte de la
presente resolución.

2

 DISPÓNESE previa intervención del Tribunal de Cuentas de la República, la
Convocatoria pública para la presentación de proyectos conforme lo
establecen las bases que se aprueban.

3

 DELÉGASE en el Ministro de Educación y Cultura o quien haga sus veces la
atribución del Poder Ejecutivo concerniente a la homologación del fallo de
los jurados y la adjudicación y pago de los montos asignados a los
proyectos que resultaren seleccionados en el marco de la Convocatoria 2011
de Fondos Concursables para la Cultura.

4

 El delegatario remitirá a la Secretaría de la Presidencia de la República
dentro de las cuarenta y ocho horas de dictadas, copia de las resoluciones
que se dicten en ejercicio de las atribuciones que se le delegan en la
presente.
 

5

 COMUNÍQUESE y pase a la Dirección Nacional de Cultura a todos sus
efectos.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; EDUARDO BONOMI; LUIS ALMAGRO;
PEDRO BUONOMO; LUIS ROSADILLA; RICARDO EHRLICH; ENRIQUE PINTADO; ROBERTO
KREIMERMAN; NELSON LOUSTAUNAU; DANIEL OLESKER; TABARÉ AGUERRE; LILIAM
KECHICHIAN; GRACIELA MUSLERA; ANA MARÍA VIGNOLI.

Convocatoria 2011

I.- PRESENTACIÓN

Para la convocatoria 2011 del Fondo Concursable para la Cultura, creado
por la ley N° 17.930 del 19 de diciembre de 2005, se prevé la asignación
de un monto de $ 17.292.600 (diecisiete millones doscientos noventa y dos
mil seiscientos pesos uruguayos) para premiar proyectos artísticos y
culturales en todo el territorio Nacional.

Los objetivos de la convocatoria son:
* Promover la democratización de la cultura, así como el acceso en
  igualdad de oportunidades a los bienes culturales en todo el territorio
  nacional.
* Estimular la desconcentración y descentralización de las actividades
  culturales, diversificando y fortaleciendo proyectos culturales en las
  diferentes regiones y departamentos del Uruguay.
* Promover la presencia de la cultura nacional en el exterior con
  proyectos autogestionados de iniciativas uruguayas (se excluye la
  participación en festivales o ferias en el exterior).

El criterio de regionalización y la postulación sea por Fondo Nacional o
Fondo Regional establecido en la convocatoria 2010, se mantiene, siendo la
distribución por fondos la siguiente:
          $ 6.500.000 para el Fondo Regional
          $ 10.792.600 para el Fondo Nacional
No se podrá presentar el mismo proyecto en ambos Fondos, pues los alcances
e impactos son diferentes.

Alcance e impacto de los Fondos:

1.1.- FONDO REGIONAL

Las postulaciones por Fondo Regional deberán tener impacto en al área
geográfica asignada (región). Los proyectos que postulen al Fondo Regional
tendrán dos requerimientos:

1. El responsable legal deberá residir en la región de postulación.
2. El proyecto podrá ser realizado en todos o algunos1 de los
   departamentos y/o localidades que integran la región, aceptándose que
   hasta el 30% de la ejecución del proyecto sea realizada en un
   departamento contiguo al de residencia del postulante.

Las regiones de postulación para esta convocatoria2 son:
                                                                    3
Región 1    Región 2    Región 3    Región 4    Región 5    Región 6
Sureste     Noreste     Noroeste    Suroeste    Sur         Rocha
Rivera      Artigas     Colonia     Canelones   Montevideo
Lavalleja   Tacuarembó  Salto       Flores      Florida
Maldonado   Durazno     Paysandú    Soriano
Treinta y   Cerro       Río Negro   San José
Tres        Largo          
$ 1.300.000 $ 1.300.000 $ 1.300.000 $ 1.300.000 $ 1.300.000 Sin fondo

El fondo para cada región se distribuirá en las áreas y categorías según
como se detalla en el capítulo IV, en dicho capítulo también se
especifican los montos máximos que se podrán solicitar en cada categoría
de postulación.

Podrán postular todas las áreas y categorías al Fondo Regional con
excepción de las categorías de relato gráfico, revistas especializadas en
cultura y la modalidad A de Formación, las cuales solamente podrán
postular por el Fondo Nacional.

1.2.- FONDO NACIONAL
Tiene alcance nacional, es decir, los proyectos que se postulen para ser
financiados por este fondo deberán abarcar al menos el 50% de dos
regiones, con excepción de la región 5 y 6 que deberán abarcarse en su
totalidad4. Podrán postular tanto personas físicas como jurídicas de todo
el territorio nacional, una misma persona que postula al Fondo Regional
podrá postular al Fondo Nacional pero con proyectos distintos.
Podrán postular todas las áreas y categorías al Fondo Nacional.

II.- LOS POSTULANTES

2.1- RESPONSABLE LEGAL
La convocatoria 2011 está dirigida a personas físicas uruguayas o
extranjeros con residencia legal, mayores de 18 años de edad; o a personas
jurídicas uruguayas de carácter privado, con existencia legal comprobada.
No podrán postular organismos ni instituciones públicas a excepción de las
instituciones de enseñanza, cualquiera sea el nivel.
Siempre y sin excepciones será responsable legal del proyecto una sola
persona física o una persona jurídica, representada por su autoridad
legal. El responsable legal es la persona que asume la responsabilidad de
la ejecución del proyecto y es quien firmará un convenio con el MEC en el
caso que el proyecto resulte premiado.

2.2- RESPONSABLE DE CONTENIDOS CULTURALES
El responsable de contenidos culturales tiene que ser una única persona
física aún cuando se trate de un emprendimiento colectivo. El responsable
de contenidos es la persona que presenta la responsabilidad en términos de
contenidos culturales del proyecto. Una misma persona física puede ser
responsable legal del proyecto y responsable de contenidos culturales. El
responsable de contenidos culturales es solidariamente responsable en la
ejecución del proyecto.
__________________
1 En la modalidad de creación se regirá por el criterio establecido
  en la base específica de la categoría.

2 Los criterios y forma de regionalización fue discutida y acordada en
  una reunión con todos los Directores de Cultura de las Intendencias
  Municipales Departamentales el 8 de mayo de 2009, estando presente los
  Directores de los departamentos de Artigas, Salto, Paysandú, Rivera,
  Tacuarembó, Colonia, Flores, Soriano, San José, Rocha, Maldonado,
  Treinta y Tres, Canelones, Florida y los Asesores de los Directores de
  Cultura de los departamentos de Durazno y Montevideo. En la reunión
  mantenida en agosto del 2010 con las nuevos Directores Departamentales
  de Cultura se reafirmó el criterio que fue adoptado en el 2009

3 A propuesta de la Dirección de Cultura de la Intendencia Municipal
  de Montevideo se acordó (en la reunión del 8 de mayo de 2009) que el
  departamento de Montevideo es una región pero no participa del Fondo
  Regional; por ello solamente podrá postular proyectos en el Fondo
  Nacional, reafirmándose en agosto del 2010.

4 En la modalidad de creación y giras al exterior se regirá por el
  criterio establecido en la base específica de la categoría.

2.3- RESTRICCIONES, LIMITACIONES DEL RESPONSABLE LEGAL Y DE CONTENIDOS
CULTURALES
A) No podrán participar como responsable legal del proyecto ni como
responsable de contenidos culturales:
a) personas que tengan relaciones funcionariales o contractuales de
   carácter laboral con las unidades ejecutoras 001 "Dirección General de
   Secretaría" y 003 "Dirección Nacional de Cultura" del Inciso 11,
   Ministerio de Educación y Cultura.
b) integrantes del Consejo Nacional de Evaluación de Proyectos de
   Fomento Artístico Cultural;
c) personas que tengan parentesco por consanguinidad o afinidad hasta
   el segundo grado inclusive con alguno de los miembros del jurado de la
   categoría en la que postula;
d) personas que ocupen cargos de dirección en una misma asociación
   jurídica con alguno de los miembros del jurado de la categoría en la
   que postula;
e) responsables legales y/o de contenidos culturales que habiendo
   ganado otro Fondo Concursable hayan incumplido con el convenio firmado
   con el MEC. Se tendrá un listado actualizado de las personas que se
   encuentran inhabilitadas a participar, en relación con el
   incumplimiento con Fondos Concursables.

B) No podrán postular proyectos, ni participar en los mismos en ningún
rol, ni en ninguna de sus etapas de ejecución:
     a) personas que tengan relaciones funcionariales o contractuales de
        carácter laboral con las unidades ejecutoras 001 "Dirección  
        General de Secretaría" y 003 "Dirección Nacional de Cultura" del
        Inciso, 11 Ministerio de Educación y Cultura.
     b) responsables legales y/o de contenidos culturales que hayan 
        ganado dos convocatorias consecutivas de Fondos Concursables       
        para la Cultura (la restricción alcanza a las convocatorias 2009
        y 2010). Con el mismo criterio no se podrán postular colectivos   
        artísticos o jurídicos que hayan resultado premiados en dos 
        convocatorias consecutivas. Esta restricción no aplica para los 
        proyectos que postulan a giras al exterior de las categorías: 
        danza, teatro, música y letras.

C) No podrán presentar proyectos organismos ni instituciones públicas a
excepción de las instituciones de enseñanza, cualquiera sea el nivel.

Los responsables tanto legales como de contenidos harán constar mediante
declaración jurada que no se encuentran comprendidos ni les alcanzan las
limitaciones y restricciones establecidas en esta convocatoria, teniendo
presente las penalidades establecidas en el art. 239 del Código Penal.
El responsable legal declarará asimismo bajo juramento y con igual
alcance:
* que en el proyecto no participan en sus etapas de ejecución ni en
  ningún rol personas expresamente impedidas por las bases.
* cuáles han sido o son las convocatorias en las que ha presentado o
  presentará a corto plazo el proyecto, especificando los montos que se la
  ha otorgado y los montos solicitados.

Los proyectos en los que se verifique o compruebe la participación de
estos impedidos, cualquiera sea la forma de actuación en ellos, serán
rechazados o eliminados según corresponda (en cualquiera de las etapas de
evaluación en la que fuera advertido), sin perjuicio de los procedimientos
o demás actuaciones que el MEC realice contra los involucrados que violen
el impedimento.

2.4- DERECHO DE AUTOR

El responsable legal del proyecto asume plena y exclusivamente la
responsabilidad emergente de los derechos de autor utilizados. Asume toda
la responsabilidad por la utilización de cualquier material protegido por
derecho de autor y derechos conexos, derechos de la personalidad y derecho
de imagen. Se hace responsable de que obtuvo los licenciamientos de
derechos, permisos y autorizaciones necesarias para la ejecución del
material, inclusive lo relativo a derechos de imagen, si fuera el caso; y
que el material no viola derechos de terceros, incluyendo, sin limitarse
a, derechos de autoría y derechos de la personalidad.
Mediante declaración jurada establecerá la titularidad de la / s obras/ s
utilizada/ s, sea / n propia/ s de terceros, y en este último caso, si
dispone de la autorización respectiva o se encuentra gestionándola deberá
acreditarla.
Cuando corresponda el pago de derechos de autor la utilización de obras
pertenecientes al dominio público o privado, los importes respectivos
deberán consignarse e identificarse en el presupuesto del proyecto. Como
así mismo acreditar su pago o que se encuentra gestionando el mismo.
Si la documentación brindada por el proyecto respecto a los derechos de
autor presenta dudas al jurado, éste podrá solicitar las aclaraciones que
estime conveniente al responsable legal del proyecto.
El responsable legal del proyecto debe tener presente lo dispuesto por la
legislación de derechos de autor vigente Ley N° 9.739 de 17/12/1937, y su
modificativa Ley N° 17.616 de 10 de enero de 2003; Ley N° 17.805 de 26 de
agosto de 2004 y Ley N° 18.046 de 24 de octubre de 2006.

2.5- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La mera presentación al concurso implica el conocimiento y la plena
aceptación de la totalidad de las disposiciones de las presentes Bases.

III.- PROYECTO DE FOMENTO ARTÍSTICO CULTURAL

Se participa del Fondo Concursable para la Cultura postulando dentro de
las áreas y categorías ya sea en el Fondo Regional o Nacional a través de
la presentación de un proyecto de fomento artístico cultural.
Los proyectos que postulan a los fondos deben ser ejecutados en su
totalidad en el territorio uruguayo, a excepción de las categorías en
donde se explicita las giras al exterior y la modalidad A de la categoría
Formación. Para los proyectos artísticos culturales que se realizan en el
exterior, en las categorías que lo admiten, los responsables y equipo que
postulan el proyecto deberán residir en Uruguay.

Para la formulación de proyectos se deberá tener en cuenta las pautas
establecidas en las presentes bases.

3.1- FORMULARIO OBLIGATORIO
Los proyectos se presentan desde el formulario de uso obligatorio
correspondiente a cada categoría. El mismo se podrá descargar desde la
página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy o solicitarlo por correo
electrónico a info@fondoconcursable.mec.gub.uy. El formulario se deberá
completar digitalmente5.

3.2- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Se deberán presentar tres copias en formato papel y cinco copias en
formato digital6 de toda la documentación solicitada en este apartado y la
correspondiente al área y/o categoría de postulación (detallada en el
capítulo IV).
Las copias en formato papel deberán presentarse foliadas y dentro de un
sobre o carpeta que contenga toda la documentación.
Las copias en formato digital deberán presentarse en CD conteniendo el
formulario de postulación, todos los documentos que se hayan generado
electrónicamente y los documentos presentados en formato papel escaneados
(cartas, etc.) Cada CD deberá estar identificado con el nombre y cédula
del responsable legal.
En ambos formatos solicitados se deberá presentar:

a) documentación probatoria general, común a todas las áreas y categorías:

1 Formulario de Postulación 2011, firmado por el responsable legal y
  de contenidos culturales.
2 Si el responsable legal es una persona física, presentar fotocopia
  de la cédula de identidad vigente.
3 Constancia de domicilio del responsable legal (sólo para la
  postulación al Fondo Regional).
4 Declaración jurada dando cuenta de la inexistencia de impedimentos y
  restricciones que afecten la postulación.
5 Si el responsable legal es una persona Jurídica deberá presentar:
  a) Certificación notarial correspondiente, no mayor a 30 días.
  b) Certificado de BPS o DGI.
  c) Fotocopia de la cédula vigente del presidente o autoridad.
6  Declaración jurada de Derecho de Autor. (de conformidad al punto 2.4
   de las presentes bases)
7  Documentación probatoria de los méritos del responsable legal (hasta
   10 fotocopias de documentación de méritos más relevantes).
__________________
5 Los formularios se deberán completar preferentemente en formato
  digital, para ello se contará con apoyo técnico en los centros MEC de
  todo el país, para poder descargar y guardar adecuadamente el
  formulario.

6 En caso de que el postulante no pueda llenar el formulario y no
  pueda entregar copias en formato digital, entonces deberá presentar
  cinco copias en formato papel de toda la documentación solicitada.

8  Fotocopias de cédula vigente del responsable de contenidos
   culturales, si no se presentan no será considerado como responsable.
9  Documentación probatoria de los méritos del responsable de
   contenidos culturales (hasta 10 fotocopias de méritos más relevantes).
10 Listado de las personas involucradas directamente con el proyecto.
11 Cartas de aceptación de las personas involucradas en el proyecto.
12 Cartas de apoyo, otras fuentes de financiamiento o de recursos.
   Corresponden siempre y cuando el proyecto plantee que cuenta con ellas.

Además de la documentación listada anteriormente se deberá presentar:
b) Documentación específica particular para cada área, categoría y
   modalidad de postulación (ver el detalle de la misma en el capítulo IV,
   correspondiente a cada categoría de postulación).
c) Anexos, documentación complementaria que cada postulante considere
   necesaria.
d) Una hoja final con el índice y número de página de toda la
   documentación presentada (general, específica y complementaria).
Toda la documentación probatoria general y específica se deberá presentar
en idioma español, en caso que se cuente con documentación en otro idioma
ésta deberá ser traducida.

3.3- FINANCIAMIENTO
El monto solicitado por cada proyecto deberá cubrir su ejecución en todas
las etapas.
La moneda del presupuesto será inexorablemente en pesos uruguayos, en el
caso que se presente un presupuesto en otra moneda el proyecto quedará
descalificado.
Cada proyecto se podrá asociar con terceros, siempre que no sean
organismos ni instituciones públicas (se excluyen las instituciones
educativas), pues un proyecto no podrá tener doble financiamiento del
Ministerio de Educación y Cultura.
Se excluye de esta restricción a los proyectos que:
* solicitan el préstamo de salas o instalaciones para la ejecución del
  mismo, en este caso se deberá presentar cartas de compromiso de uso por
  parte del organismo.
* postulan a la modalidad de creación en teatro y danza, que sí podrán
  ser beneficiados con MEC programa.

Cuando el proyecto cuente con otras fuentes de financiamiento u otros
recursos (materiales, humanos, infraestructura), éstas deberán quedar
plenamente identificadas en el Formulario de presentación de proyectos,
con los documentos que así lo acrediten.

3.4- CANTIDAD DE PROYECTOS A PRESENTAR
Los responsables legales de proyectos y responsables de contenidos
culturales podrán postular todos los proyectos que consideren pertinentes
en todas las categorías y Fondos, ya sea individualmente, asociados entre
sí o asociado cada uno con terceros.
Sin embargo, un mismo responsable no podrá recibir más de un premio por
área y/o categoría, pero sí podrá recibir más de un premio por Fondo
Regional o Nacional, o recibir en ambos (siempre y cuando sean proyectos
distintos, dado que un mismo proyecto no puede participar en más de un
área, categoría y fondo).
En el caso que un proyecto comprenda más de una categoría en su
formulación, corresponderá a su responsable legal elegir la categoría por
la cual concursará. El no cumplimiento con lo aquí dispuesto dará lugar a
la eliminación de la postulación.

3.5- FECHA DE INICIO Y DURACIÓN DE LOS PROYECTOS
La ejecución de los proyectos premiados deberá iniciar a partir del mes de
octubre de 2011.
En caso que se postulen proyectos que planteen su inicio antes de la fecha
mencionada los mismos serán descalificados.
El plazo máximo para la ejecución del proyecto será de un año, pudiendo el
responsable establecer la duración del mismo (siempre que no exceda del
plazo máximo de un año, salvo que en la categoría se especifique otro
plazo).

3.6- PLAZOS DE INSCRIPCIÓN DE PROYECTOS
La fecha de inscripción de los proyectos será exclusivamente en los
siguientes plazos:

Artes Visuales                     9 y 10 de mayo de 2011
Danza                              9 y 10 de mayo de 2011
Letras                             9 y 10 de mayo de 2011
Memoria y Tradiciones              10 y 11 de mayo de 2011
Música                             10 y 11 de mayo de 2011
Otros proyectos culturales         11 y 12 de mayo de 2011
Revistas especializadas en cultura 11 y 12 de mayo de 2011
Relato Gráfico                     12 y 13 de mayo de 2011
Teatro                             12 y 13 de mayo de 2011
Formación                          12 y 13 de mayo de 2011

3.7- LUGAR DE INSCRIPCIÓN DE LOS PROYECTOS
Los proyectos se inscribirán según los plazos estipulados en el punto 3.6
en:

Montevideo:
Ministerio de Educación y Cultura, Reconquista 535 en el horario de 10 a
17 hs.

Resto del país:
Centros MEC de todo el país (en el horario de atención de los Centros).
Direcciones de Cultura de las Intendencias Departamentales (en horario que
cada Intendencia establezca).

3.8- DEVOLUCIÓN DE PROYECTOS NO SELECCIONADOS
Los proyectos no premiados se devolverán en el lugar donde fueron
inscriptos, en el horario y fecha que la oficina receptora establezca
(después de octubre de 2011).
Los proyectos inscriptos en Montevideo se devolverán durante el mes de
octubre en el horario de 10 a 16 hs en la oficina de Fondo Concursable
para la Cultura. Cumplido este período de tiempo se procederá a la
destrucción de los mismos.

IV. CATEGORÍAS

A) DISTRIBUCIÓN DEL FONDO
El fondo de $ 17.292.600 de la Convocatoria 2011 se asignará en las
siguientes categorías, distribuidos por Fondos de la siguiente manera:

categorías                       Monto           Monto
                                Regional       Nacional
Artes Visuales                  $ 800.000     $ 1.100.000
Danza                           $ 800.000     $ 1.100.000
Letras                          $ 800.000     $ 1.000.000
Memoria y Tradiciones           $ 800.000     $   800.000
Música                          $ 800.000     $ 1.100.000
Otros proyectos culturales      $ 900.000     $   900.000
Revistas especializadas en
cultura                     ---------------   $ 1.300.000
Relato Gráfico              ---------------   $ 1.000.000
Teatro                          $ 800.000     $ 1.300.000
Formación                       $ 800.000     $ 1.192.600

B) PERFIL7 DE POSTULACIÓN
En la postulación se deberá distinguir el perfil por el que postula el
proyecto conforme a lo siguiente:
1. Se considera Profesional, cuando los artistas o grupos hayan
   realizado, estrenado, publicado, editado, exhibido dos o más obras
   anteriormente al llamado.
2. Se considera Emergente, cuando para los artistas o grupos éste sea
   su primer trabajo o hayan estrenado, exhibido, publicado, editado
   (según sea el caso) una sola obra anteriormente al llamado.
   Para los emergentes los jurados deberán otorgar dos premios en cada
   categoría, uno correspondiente a cada Fondo. Siendo el monto máximo a
   solicitar por proyectos emergentes igual al de proyectos profesionales.
   En el caso que los jurados no adjudiquen fondos a emergentes, el mismo
   podrán reasignarlo dentro de la misma área, no pudiendo transferirse el
   monto del Fondo Regional al Fondo Nacional y viceversa.
__________________
7 Para la postulación por emergente o profesional se considerará los
  méritos del responsable de contenidos culturales y del grupo (en caso
  que corresponda).

Ésto se aplica para las categorías: danza, teatro, música, letras, artes
visuales y relato gráfico8.
Quedan excluidos de esta convocatoria todos los bienes y saberes en torno
a la naturaleza (aunque tengan significación o rango de patrimonio
natural). Complementariamente y con la misma orientación, tampoco son
considerados los proyectos que remiten a bienes y conocimientos
científicos y técnicos.

4.1. ARTES VISUALES

Serán elegibles proyectos que propongan la realización de muestras,
exposiciones u otras actividades, sean de un artista o de varios. Las
exhibiciones, actividades y/o muestras serán de acceso gratuito para la
población.
Se admiten todas las modalidades de las artes visuales (pintura,
escultura, fotografía, arte digital, cerámica, entre otras
manifestaciones). Se excluye la participación en esta categoría de
cualquier producción del sector audiovisual.

A los efectos de este llamado los proyectos deberán tener definidos:
artista/s involucrado/s; curador/es (podrá/n ser el/los propio/s
artista/s); montajista/ s (podrá/n ser el/los propio/s artista/s);
iluminador/es (podrá/n ser el/los propio/s artista/s); espacio/s donde se
realizará (presentando la carta de invitación o aceptación); duración de
la exhibición en cada espacio; asesor/es (si lo/s hubiese); equipo técnico
(si lo hubiese); catálogos, folletos y cd con imágenes de obras anteriores
(en el caso que los hubiese); plan de promoción y difusión del proyecto y
de la/s exhibición/es.

Cada proyecto deberá incluir la realización de un catálogo de la muestra
y/o exhibición que se proyecta realizar, el 10% del tiraje del mismo se
entregará al MEC. En el proyecto se deberá especificar gramaje, tintas y
tiraje de dicho catálogo.

Para la postulación de muestras en territorio uruguayo se deberá montar la
misma en al menos dos localidades para la postulación por Fondo Regional y
en cuatro localidades para la postulación por Fondo Nacional.
Para la postulación de muestras dirigidas al exterior se deberá montar la
exposición en al menos dos lugares del país al que se concurre. Asimismo
al momento de la postulación se deberá presentar la autorización de la
Comisión de Patrimonio de la salida de la/s obra/ s del país, contar con
el aval o carta de invitación de la/s sede/s en donde se realizará la
muestra. No podrán postular artistas residentes fuera del Uruguay, ni se
podrán postular proyectos para la participación en festivales, bienales o
ferias.
Al regresar a Uruguay se deberá realizar una devolución a la comunidad de
la experiencia vivida, coordinada con la DNC del MEC.

La postulación a su vez podrá ser por: "profesional" o "emergente",
entendiendo por artista emergente aquellos para quienes ésta es su primera
muestra y/o exposición, o solamente hayan realizado una muestra con
anterioridad.
El perfil emergente y el Fondo Regional no aplican a la postulación de
muestras dirigidas al exterior.

A- Monto asignado para el área a Artes Visuales, montos totales por Fondos
y modalidades de postulación:

                                 $ 1.900.000
                     monto muestras       monto muestras al
                     para territorio          exterior
                       uruguayo                              TOTAL
Fondo Regional
($ 160.000 por
región)                $ 800.000            No aplica       $ 800.000
Fondo Nacional         $ 700.000            $ 400.000     $ 1.100.000

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto Artes Visuales:


Montos máximos a solicitar por cada proyecto
                     Giras Uruguay     Giras Exterior
Fondo Regional        $ 160.000           no aplica
Fondo Nacional        $ 200.000           $ 400.000
__________________
8 Quedan excluidas de esta forma de postulación las categorías de:
  Formación, Otros proyectos culturales, Memoria y Tradiciones y Revistas
  especializadas en cultura.

C- Distribución del monto:
Se prevé una asignación equilibrada entre las diferentes modalidades o
prácticas artísticas, atendiendo a la diversidad de propuestas sin que se
generen excesivas hegemonías de una práctica sobre otra.

D- Documentación específica a presentar del área Artes Visuales:
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)
13 Una ficha en donde se especifiquen los roles de:
   * curador/es (podrá/n ser el/los propio/s artista/s);
   * montajista/s (podrá/n ser el/los propio/s artista/s);
   * iluminador/es (podrá/n ser el/los propio/s artista/s);
   * asesor/es (si lo/s hubiese);
   * equipo técnico (si lo hubiese);
14 Listado del/los espacio/s donde se realizará el proyecto con la
   aclaración de la duración de la exhibición en cada lugar.
15 Cartas de aceptación del/los espacio/s en donde se proyecta
   realizar la muestra (es obligatorio presentar el 60% de las cartas para
   el perfil profesional y el 30% de las cartas para el perfil emergente).
   Presentar el 100% de la documentación solicitada para la postulación de
   muestras en el exterior.
16 Especificaciones de las características del catálogo.
17 Plan y estrategia de difusión del proyecto y de las muestras o
   exhibiciones.
18 Antecedentes artísticos: presentar catálogos, folletos, fotografías
   con la obra, o CD o DVD con imágenes de obras.

4.2. DANZA

Serán elegibles proyectos de Danza que postulen tanto para la creación y
puesta en escena de un espectáculo como para la circulación de un
espectáculo ya existente. En este sentido se podrá postular por dos
modalidades: A (creación) y B (giras)

Modalidad A: Creación y puesta en escena
Se espera que los proyectos sean innovadores considerando alguna de las
siguientes razones:
* incorporar algo inexistente hasta el momento en la historia de los
  espectáculos llevados a escena en Uruguay;
* "intervenir" con determinada impronta estética, valores y
  experiencias una obra ya conocida;
Además el proyecto deberá prever la puesta en escena y presentación del
espectáculo creado en un lugar si postula por Fondo Regional y dos lugares
de diferentes regiones si postula por Fondo Nacional. Dichas funciones
serán gratuitas para la población, se deberá asegurar la difusión de la/s
función/es.

Modalidad B: Giras
Podrán postular proyectos para giras en el territorio uruguayo o en el
exterior. A los efectos de este llamado deberán estar definidos: obra,
dirección, elenco, escenografía, iluminación, vestuario, música. Asimismo
se busca estimular la realización de lo espectáculos en espacios
convencionales y no convencionales (instituciones educativas, deportivas,
iglesias, ferias, plazas, fiestas populares, etcétera).
Se deberá presentar plan con el detalle de las funciones que se
realizarán, las mismas serán de acceso gratuito en el territorio uruguayo,
siendo labor del responsable del proyecto asegurar la difusión del
espectáculo, para lo cual se deberá presentar en la postulación un plan de
difusión.

Giras en territorio uruguayo: Cada proyecto deberá presentar como mínimo
tres funciones si postula en el Fondo Regional y seis si postula en el
Fondo Nacional.
No podrán postularse proyectos que ya fueran premiados en ediciones
anteriores del Fondo Concursable para la Cultura.
Giras al exterior: se postulará solamente por el Fondo Nacional. Cada
proyecto deberá realizar como mínimo dos presentaciones internacionales y
una en el territorio uruguayo de acceso gratuito para la población. Se
deberá contar con cartas de aceptación de los lugares donde se realizará
el espectáculo. No podrán postular artistas residentes fuera del Uruguay,
ni se podrán postular proyectos para la participación en festivales o
ferias.

La postulación a su vez podrá ser por: "profesional" o "emergente",
entendiendo por artista emergente aquellos para quienes éste es su primer
espectáculo de danza o solamente hayan realizado un espectáculo con
anterioridad.
El perfil emergente y el Fondo Regional no aplican a la postulación a
Giras al Exterior.

A- Monto total asignado para Danza, montos totales por Fondos y
modalidades de postulación:

                                    $ 1.900.000
                        Modalidad A         Modalidad B
                          monto           Giras     Giras
                        creación         Uruguay   exterior    TOTAL
Fondo Regional($ 
160.000 por región)     $ 160.000     $ 640.000    no aplica    $ 800.000
Fondo Nacional          $ 300.000     $ 400.000    $ 400.000  $ 1.100.000

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto de Danza:

Montos máximos      Modalidad A        Modalidad B
a solicitar por                    Giras          Giras 
cada proyecto                     Uruguay       exterior

                    
Fondo Regional     $ 80.000      $ 160.000     no aplica
Fondo Nacional     $ 100.000     $ 200.000     $ 400.000

C- Distribución del monto:
El jurado considerará la diferencia entre las diferentes modalidades y
exigencias para cada una, así como los alcances e impacto de los
diferentes fondos.
La premiación atenderá que al menos el 20% del total de los proyectos que
se premien serán de danzas tradicionales o folklóricas.

D- Documentación específica a presentar en danza:
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)
Modalidad A
13 Se podrá presentar en forma optativa:
   Idea general de puesta en escena / Elenco / Composición musical o
   responsabilidad por los arreglos / Responsable de la escenografía /
   Responsable de la coreografía / Diseñador/a de vestuario e iluminación.
14 Planificación de la/s presentación/es:
   Espacio/s donde se representará.
   Público al que estará dirigida la obra (segmento/s)
15 Antecedentes del grupo en soporte audiovisual, se podrán presentar
   CD o DVD con otros espectáculos realizados por el grupo.

Modalidad B
13 Guión de la obra a realizar (en caso que corresponda)
14 Ficha técnica de la obra que incluya:
   Autor(es) del espectáculo, nombre del Director, detalles de la
   escenografía y escenógrafo, vestuarista, iluminador (si corresponde),
   música (si corresponde) y elenco.
15 Planificación con las funciones a realizar incluyendo: lugar de
   realización, departamento, localidad, público estimado y mes estimado
   de realización.
16 Plan de la distribución de localidades para cada función
17 Cartas de aceptación de los lugares en donde se realizarán las
   funciones (es obligatorio presentar el 60% de las cartas para el perfil
   profesional y el 30% para el perfil emergente)
   Para giras al exterior se deberán presentar el 100% de las cartas
   solicitadas.
18 Plan y estrategias de difusión del espectáculo para cada una de las
   funciones.
19 Antecedentes del grupo en soporte audiovisual, se podrán presentar
   CD o DVD otros espectáculos realizados por el grupo.

4.3. MÚSICA

Serán elegibles proyectos de creación de un disco o video clip o proyectos
que produzcan, promocionen y distribuyan espectáculos de música en
espacios convencionales y no convencionales (instituciones educativas,
deportivas, iglesias, ferias, plazas, fiestas populares u otros) en todo
el país o en el exterior. En este sentido la postulación podrá ser por la
modalidad A (creación) o B (giras).

Modalidad A: Creación
Se podrá postular para la creación de un disco inédito o un video clip de
un tema determinado. Una vez producido el disco o video clip se deberá
presentar públicamente con al menos una función de acceso gratuito según
la región de postulación para el Fondo Regional y dos o más funciones
gratuitas para el Fondo Nacional. Se deberá prever la difusión del
espectáculo.

Modalidad B: Giras
Podrán postular proyectos para giras para el territorio uruguayo o para el
exterior. A los efectos de este llamado deberán estar definidos:
repertorio del espectáculo, músicos e intérpretes.
Se deberá presentar plan con el detalle de las presentaciones que se
realizarán, las mismas serán de acceso gratuito para el territorio
uruguayo, siendo labor del responsable del proyecto asegurar la difusión
del espectáculo, para lo cual se deberá presentar en la postulación un
plan de difusión.

Giras en territorio uruguayo: Cada proyecto deberá presentar como mínimo
tres funciones si postula en el Fondo Regional y seis si postula en el
Fondo Nacional.
No podrán postularse proyectos que ya fueran premiados en ediciones
anteriores del Fondo Concursable para la Cultura.

Giras al exterior: se postulará solamente por el Fondo Nacional. Cada
proyecto deberá presentar como mínimo dos presentaciones internacionales y
una en el territorio uruguayo de acceso gratuito para la población. Se
deberá contar con cartas de aceptación de los lugares donde se va a
realizar el espectáculo. No podrán postular artistas residentes fuera del
Uruguay, ni se podrán postular proyectos para la participación en
festivales o ferias.

La postulación a su vez podrá ser por: "profesional" o "emergente",
entendiendo por artista emergente aquellos para quienes éste es su primer
espectáculo de música, disco o video clip (según modalidad) o solamente
hayan realizado uno con anterioridad.
El perfil emergente y el Fondo Regional no aplican a la postulación a
Giras al Exterior.

A- Monto asignado para Música, montos totales por Fondos y modalidades de
postulación:

                                 $ 1.900.000
                            Modalidad A     Modalidad B
                         monto            Giras     Giras      TOTAL
                       creación          Uruguay   exterior
Fondo Regional($
160.000 por región)   $ 160.000    $ 640.000    No aplica    $ 800.000
                      
Fondo Nacional        $ 300.000    $ 400.000    $ 400.000  $ 1.100.000

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto de Música:

Montos máximos       Modalidad A       Modalidad B
a solicitar por
cada proyecto                       Giras        Giras 
                                   Uruguay     exterior
                                
Fondo Regional      $ 80.000     $ 160.000     no aplica
Fondo Nacional     $ 120.000     $ 200.000     $ 400.000

C- Distribución del monto:
El jurado considerará la diferencia entre las diferentes modalidades y
exigencias para cada una, así como los alcances e impacto de los
diferentes fondos.

D- Documentación específica a presentar del área música
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)
Modalidad A
13 Audio con la totalidad o parte del disco que se proyecta realizar /
   Tema para el video clip que se proyecta realizar, según en el caso.
14 Ficha técnica que incluya: autor/es, director, repertorio, músicos,
   instrumentos
   Director de imagen para el caso del video clip.
15 Planificación de la presentación del producto final del proyecto.

Modalidad B
13 Audio con la totalidad o parte del concierto que se proyecta
   realizar.
14 Ficha técnica que incluya: autor/es, director, repertorio, músicos,
   instrumentos.
15 Planificación con las funciones que se proyectan realizar
   incluyendo: lugar de realización, lugar, localidad, público objetivo y
   mes estimado de realización.
16 Plan de distribución de localidades para cada función
17 Cartas de aceptación de los lugares en donde se realizarán las
   funciones (es obligatorio presentar el 60% de las cartas para el perfil
   profesional y el 30% para el perfil emergente)
   Para giras al exterior se deberán presentar el 100% de las cartas
   solicitadas.
18 Plan y estrategias de difusión del espectáculo para cada una de las
   funciones.
19 Antecedentes del grupo en Audio, se podrán presentar CD o DVD con
   otros recitales realizados por el grupo.


4.4. TEATRO

Serán elegibles proyectos de Teatro que postulen tanto para la creación y
puesta en escena de un espectáculo como para la circulación de un
espectáculo ya existente. En este sentido se podrá postular por dos
modalidades: A (creación) y B (giras)
Se admite en esta categoría la postulación de proyectos de títeres y arte
circense.

Modalidad A: Creación y puesta en escena
Se espera que los proyectos sean innovadores considerando alguna de las
siguientes razones:
* interpretar obras de autores nacionales, de cualquier época, con
  determinada impronta estética, revisión o resignificación.
* incorporar algo inexistente hasta el momento en la historia de los
  espectáculos llevados a escena en Uruguay;
* "intervenir" con determinada impronta estética, valores y
  experiencias una obra ya conocida;
  Además el proyecto deberá prever la puesta en escena y presentación del
  espectáculo creado en un lugar si postula por Fondo Regional y dos
  lugares de diferentes regiones si postula por Fondo Nacional. Dichas
  funciones serán gratuitas para la población, se deberá asegurar la
  difusión de la/s función/es.

Modalidad B: Giras
Podrán postular proyectos para giras para el territorio uruguayo o para el
exterior. A los efectos de este llamado deberán estar definidos: obra,
dirección, elenco, escenografía, iluminación, vestuario, música. Asimismo
se busca estimular la realización de los espectáculos en espacios
convencionales y no convencionales (instituciones educativas, deportivas,
iglesias, ferias, plazas, fiestas populares, etcétera).
Se deberá presentar plan con el detalle de las funciones que se
realizarán, las mismas serán de acceso gratuito para el territorio
uruguayo, siendo labor del responsable del proyecto asegurar la difusión
del espectáculo, para lo cual se deberá presentar en la postulación un
plan de difusión.
Giras en territorio uruguayo: Cada proyecto deberá presentar como mínimo
tres funciones si postula en el Fondo Regional y seis si postula en el
Fondo Nacional.
No podrán postularse proyectos que ya fueran premiados en ediciones
anteriores del Fondo Concursable para la Cultura.

Giras al exterior: se postulará solamente por el Fondo Nacional. Cada
proyecto deberá realizar como mínimo dos presentaciones internacionales y
una en el territorio uruguayo de acceso gratuito para la población.
Se deberá contar con cartas de aceptación de los lugares donde se va a
realizar el espectáculo. No podrán postular artistas residentes fuera del
Uruguay, ni se podrán postular proyectos para la participación en
festivales o ferias.

La postulación a su vez podrá ser por: "profesional" o "emergente",
entendiendo por artista emergente aquellos para quienes ésta es su primer
espectáculo o solamente hayan realizado uno con anterioridad.
El perfil emergente y el Fondo Regional no aplican a la postulación a
Giras al Exterior.

A- Monto total asignado para Teatro, montos totales por Fondos y
modalidades de postulación:

                                 $ 2.100.000
                   Modalidad A            Modalidad B
                      monto            Giras       Giras     TOTAL
                     creación        Uruguay      exterior
Fondo Regional ($  
160.000 por región)  $ 160.000      $ 640.000     No aplica    $ 800.000

Fondo Nacional       $ 300.000     $ 600.000     $ 400.000   $ 1.300.000

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto de Teatro:

Montos máximos
a solicitar por
cada proyecto     
                    Modalidad A       Modalidad B
                                   Giras        Giras
                                  Uruguay      exterior
Fondo Regional      $ 80.000     $ 160.000     no aplica
Fondo Nacional     $ 100.000     $ 200.000     $ 400.000

C- Distribución del monto:
El jurado considerará la diferencia entre las diferentes modalidades y
exigencias para cada una, así como los alcances e impacto de los
diferentes fondos.
La premiación atenderá que al menos el 25% del total de los proyectos que
se premien serán proyectos de títeres y arte circense.

D- Documentación específica a presentar de Teatro:
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)
Modalidad A
13 Se podrá presentar en forma optativa:
   * Idea general de puesta en escena / Elenco / Composición musical o
   responsabilidad por los arreglos / Responsable de la escenografía /
   Responsable de la coreografía / Diseñador/a de vestuario e iluminación.
14 Planificación de las presentación/es:
   Espacio/s donde se representará (entre uno y dos, según postulación).
   Público al que estará dirigida la obra (segmento/s)
15 Antecedentes del grupo en soporte audiovisual, se podrán presentar
   CD o DVD con otros espectáculos realizados por el grupo.

Modalidad B

13 Guión de la obra que se realizará.
14 Ficha técnica de la obra que incluya:
   Autor(es) del espectáculo, nombre del Director, detalles de la
   escenografía y escenógrafo, vestuarista, iluminador (si corresponde),
   música (si corresponde) y elenco.
15 Planificación con las funciones a realizar incluyendo: lugar de
   realización, departamento, localidad, público estimado y mes estimado
   de realización.
16 Plan de la distribución de localidades para cada función
17 Cartas de aceptación del/los lugares en donde se realizarán las
   funciones (es obligatorio presentar el 60% de las cartas para el perfil
   profesional y el 30% para perfil emergente)
   Para Giras al Exterior se deberán presentar el 100% de las cartas
   solicitadas.
18 Plan y estrategias de difusión del espectáculo para cada una de las
   funciones.
19 Antecedentes del grupo en soporte audiovisual, se podrán presentar
   CD o DVD con otros espectáculos realizados por el grupo.

4.5. ÁREA LETRAS

Serán elegibles proyectos de Letras que postulen tanto para la creación e
investigación literaria como para la realización de eventos literarios en
Uruguay o promoción de artista/s uruguayo/s en el exterior. En este
sentido se podrá postular por dos modalidades: A (creación) y B (eventos y
giras).

Queda excluido de esta categoría: la postulación de proyectos literarios
en el sentido de la publicación de obras ya sea inédita o reediciones.

Modalidad A: Creación
Se podrán postular proyectos de creación e investigación literaria
colectiva o individual. Al finalizar el proyecto se deberá realizar una
devolución a la comunidad, con presentación de la obra creada.
Los proyectos de creación no prevén la edición de la obra en formato
papel, pero sí se deberá entregar al MEC el registro de la obra en formato
digital.

Modalidad B: Eventos y giras
Para postulaciones en el territorio Uruguayo: se podrán postular proyectos
de eventos literarios (coloquios, ferias, recitales, intervenciones o
performances poéticos).
En caso de postular por Fondo Regional deberá realizar al menos tres
actividades, si postula por Fondo Nacional se deberán realizar seis. En
ambos casos las actividades serán abiertas al público y de acceso
gratuito para la población. Los responsables del proyecto deberán asegurar
la difusión de las actividades y garantizar la participación del público
en el evento, para lo cual se deberá presentar en la postulación un plan
de difusión.

Para la postulación de Giras al Exterior se podrán postular proyectos de
promoción de artista/s deberán realizar al menos dos presentaciones en el
exterior y una en el territorio uruguayo (de acceso gratuito para la
población). No podrán postular artistas residentes fuera del Uruguay, ni
se podrán postular proyectos para la participación de festivales o ferias.
Se admite que el evento o la actividad que se proyecta realizar, después
del trabajo realizado en el mismo, edite una publicación o memoria que dé
cuenta del trabajo del evento (puede ser en formato impreso pero no libro,
digital o visual).
En ambos casos deberá contar con cartas de aceptación del/los lugar/es en
donde realizará el evento.

La postulación a su vez podrá ser por: "profesional" o "emergente",
entendiendo por artista emergente aquellos para quienes ésta es su primer
obra (se considera obra édita) o solamente hayan realizado una con
anterioridad.
El perfil emergente y el Fondo Regional no aplican a la postulación a
Giras al Exterior.

A- Monto asignado para Letras, montos totales por Fondos y modalidades de
postulación:

                                 $ 1.800.000
                Modalidad A          Modalidad B
                  monto           monto      monto     TOTAL
                 creación      territorio   exterior
Fondo                           uruguayo
Regional ($    $ 100.000      $ 700.000     no aplica     $800.000 
160.000 por
región)     
Fondo Nacional $ 100.000     $ 600.000     $ 300.000   $ 1.000.000

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto de Letras:

Montos máximos
a solicitar por cada 
proyecto            Modalidad A              Modalidad B
                                  monto territorio   monto exterior
                                  uruguayo

Fondo Regional     $ 50.000       $ 140.000               no aplica
Fondo Nacional     $ 50.000       $ 200.000               $ 300.000

C- Distribución del monto:
El jurado considerará la diferencia entre las diferentes modalidades y
exigencias para cada una, así como los alcances e impacto de los
diferentes fondos.

D- Documentación específica a presentar del área Letras:
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)

Modalidad A
13 Propuesta de devolución a la comunidad

Modalidad B
13 Detalle del/los lugar/es donde se realizará el proyecto y de los
   posibles participantes.
14 Cartas de aceptación del/los lugar/es en donde se proyecta realizar
   el evento. (es obligatorio presentar el 60% de las cartas para el
   perfil profesional y el 30% de las cartas para el perfil emergente).
   Para Giras al Exterior se deberán presentar el 100% de las cartas
   solicitadas.
15 Plan y estrategia de difusión del evento, con garantía de
   participación del público.
16 Antecedentes literarios del grupo o de la persona: se podrán
   presentar libros, CD o DVD de las obras de la/s persona/s
   involucrada/s.

4.6. ÁREA MEMORIA Y TRADICIONES

En esta área se postulan proyectos que busquen recuperar, difundir, poner
en valor, investigar, registrar memorias y tradiciones, tanto individuales
como colectivas, ya sea del medio rural como urbano. El registro podrá ser
en cualquier medio o formato, el cual se deberá especificar al momento de
la postulación aclarando la cantidad de ejemplares que se producirán y
características del mismo.
El resultado final del proyecto deberá contar con una clara comunicación,
distribución, exhibición, publicación u otros medios que garanticen el
contacto de la labor desarrollada con la ciudadanía.
Se deberá presentar un plan con el detalle de las actividades que
involucre a la ciudadanía. Las mismas serán de acceso gratuito para la
población, siendo labor de responsable del proyecto asegurar la difusión
del producto, para lo cual se deberá presentar en la postulación un plan
de difusión.
Cada proyecto deberá presentar como mínimo dos actividades con la
ciudadanía si postula en el Fondo Regional y cuatro si postula en el Fondo
Nacional.

A- Monto asignado para Memoria y Tradiciones, monto total por Fondos.

                                              $ 1.600.000
Fondo Regional ($ 160.000 para cada región)     $ 800.000
Fondo Nacional                                  $ 800.000

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto

                                              Monto máximo
                                             a solicitar por
                                                proyectos
Fondo Regional                                  $ 100.000
Fondo Nacional                                  $ 200.000

C- Documentación específica a presentar
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)

13 Materiales que den cuenta de la propuesta, tales como fotografías,
   antecedentes, registro audiovisual u otros.
14 Listado de lugares en donde se realizará el proyecto, adjuntado
   cartas de apoyo (en el caso que corresponda)
15 Estrategias de comunicación y difusión de las actividades que
   impliquen público ejemplo: presentación de los resultados del proyecto.
16 Plan de difusión de la/s presentación/es del producto final del
   proyecto.

4.7. REVISTAS ESPECIALIZADAS EN CULTURA

Serán elegibles proyectos que postulen para la realización, edición y
distribución de una revista especializada en Cultura que propongan
publicar y reflexionar sistemáticamente sobre las artes, el patrimonio y/o
las tradiciones culturales.
En esta categoría solamente se postula por el Fondo Nacional por tanto los
proyectos que se presenten deberán tener alcance nacional.
Cada postulante deberá señalar la modalidad del formato de postulación:
formato digital o formato impreso. En ambas modalidades las publicaciones
son de distribución gratuita.

La distribución de los contenidos de cada número debe contener:
El 60% destinado a la divulgación de investigaciones, ensayos,
sistematización y reconstrucción de experiencias, proyectos, biografías,
entrevistas en profundidad a creadores, especialistas, etcétera; es decir,
reflexión ordenada y sistemática, académica, que reflexione y aporte al
estado de la cuestión en las disciplinas que aborda. Dentro de ese
porcentaje se incluye temas que suceden o sucedieron en el territorio
uruguayo.
El 40% destinado a actividades que no se vinculen exclusivamente a
Uruguay, pero nunca podrán salirse del tema o el género temático de la
publicación. También dentro de ese 40% podrán abordarse temas de agenda,
novedades, actividades pasadas o por venir, tanto en el Uruguay como en el
extranjero.

El responsable de contenidos culturales deberá ser también el redactor
responsable de la publicación. Además se deberá presentar la integración
del comité editorial, el cual deberá tener un mínimo de cinco integrantes
(el responsable legal y el de contenidos culturales deben integrar el
comité editorial)
En ambas modalidades se deberá presentar una maqueta del primer número de
la revista, que incluya un avance de contenidos del primer ejemplar,
asimismo se deberá presentar un sumario tentativo de los números que se
pretende publicar.
Se deberá presentar un plan de actividades detallado, que incluya la
promoción y distribución de la obra de acuerdo a la modalidad de
postulación.

Modalidad A, impresa: se deberá detallar la cantidad de números que se
editarán (un mínimo de cuatro números), el tiraje por número, la cantidad
de páginas por número, así como el tamaño, el gramaje del papel y cantidad
de tintas. Asimismo se deberá presentar un plan de distribución de los
ejemplares. Se admitirá que la ejecución de los proyectos pueda ser hasta
en dos años, según el cronograma planteado en el proyecto.

Modalidad B, digital: se deberá presentar el formato final que tendrá la
publicación, si es en CD o DVD se deberá detallar un plan de distribución
(especificando la cantidad de números, que no podrá ser inferior a tres)
En el caso del formato Web se deberá especificar cómo los usuarios
accederán a la revista: rutas de acceso, enlaces o "links" relacionados
temáticamente. Asimismo se deberá definir el tipo de sitio, definir la
navegación del mismo respecto de sus áreas de interés: privilegiando una
navegación dinámica y de fácil acceso a los distintos contenidos.
En función de una estimación del número de visitas y descargas, se deberá
definir la contratación de un servidor acorde que sea capaz de soportar el
tráfico de la misma.
En función del manejo de información que tenga la revista se deberá
establecer la frecuencia de actualización de la misma lo que conlleva a la
definición de un administrador de contenidos (dicha frecuencia no podrá
ser inferior a tres).

Además se deberán tomar en cuenta las normativas SEO (search engine
optimization / optimización de motores de búsqueda) que garantizan la
existencia y el acceso seguro de la revista on line.

A- Monto Total asignado para Revistas especializadas en Cultura: $
1.300.000

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto:

                                   Monto máximo a solicitar por
                                               proyectos
A- Modalidad impresa                           $ 300.000
B- Modalidad digital                            $ 50.000

D- Documentación específica a presentar
Para revistas especializadas en cultura:
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)

13 Maqueta de publicación y avance de contenidos del primer ejemplar.
14 Sumario tentativo de los siguientes números que se pretenden publicar.
15 Se deberá detallar la cantidad de números que se editarán y
   periodicidad, el tiraje por número, la cantidad de páginas por número,
   así como el tamaño, el gramaje del papel y tintas. (para modalidad
   impresa).
   Para modalidad digital se deberá presentar el formato final de la
   publicación digital y la cantidad de números que tendrá la revista.
16 Integración del comité editorial.
17 Cartas de aceptación de todos los miembros del comité editorial.
18 Plan y estrategias de distribución de los ejemplares.
19 Antecedentes del grupo y/o responsable, se podrán presentar CD o
   DVD con otras obras y/o trabajos del/las personas involucradas.

4.8. RELATO GRÁFICO_COMICS

En esta categoría se propone fomentar la producción, publicación,
promoción y distribución de ediciones de relato gráfico_comics.

Para que sea elegible el proyecto deberán estar claramente definidos los
contenidos, estructura (apertura, continuidad y cierre, géneros,
periodicidad, autores, formato, etc.) y distribución, ya sea mediante la
publicación en libros, revistas, etc.
Los proyectos pueden contener desde una obra hasta un conjunto de obras,
sean de autoría individual o colectiva (desde un solo creador,
dibujante-guionista, hasta varios dibujantes y guionistas).
En todos los casos deberán contener obras originales e inéditas, las
cuales podrán estar combinadas con obras ya editadas y cuya reedición se
proponga. No serán elegibles los proyectos que sólo planteen la reedición
de obras. En los proyectos que incluyan obras ya editadas, éstas no podrán
superar el 30% del espacio gráfico total. Esta misma proporción se
guardará entre los títulos de obras ya editadas y obras inéditas.
Los proyectos deberán presentar un plan de actividades detallado, que
incluya la promoción y distribución de la obra en el territorio nacional.
A los efectos de este llamado los proyectos deberán tener definidos:
Estructura de la publicación (formato, tintas, papel y gramaje del papel),
periodicidad de la publicación (si corresponde), tiraje, forma de
distribución, plan y estrategias de promoción.
En esta categoría se puede postular por "profesional" o "emergente"
aplicándose los criterios señalados al inicio del capítulo de estas bases.

A- Monto Total asignado para el área de Relato Gráfico: $ 1.000.000

C- Montos máximos a solicitar por cada proyecto:

Monto máximo a solicitar por proyectos
$ 200.000

D- Documentación específica a presentar
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)

13 Maqueta de publicación del primer ejemplar
14 Presentar material gráfico y literario de obras completas o
   incompletas, tales como bocetos y guiones. Las inéditas pueden
   presentarse completas o por terminar.
   Cuando se proponga la reedición de obras ya publicadas, deberán
   presentarse fotocopias.
15 Ficha técnica que incluya: cantidad de números que se editarán y
   periodicidad, el tiraje por número, la cantidad de páginas por número,
   así como el tamaño y el gramaje del papel.
16 Listado con los autores involucrados en el proyecto.
17 Plan y estrategias de distribución de los ejemplares
18 Antecedentes del grupo y/o responsable, se podrán presentar CD o
   DVD con otras obras y/o trabajos del/las personas involucradas.

4.9. ÁREA DE FORMACIÓN

Serán elegibles proyectos que se postulen para: la formación personal en
diferentes disciplinas artísticas o para la realización de talleres
artísticos culturales. En este sentido se podrá postular por dos
modalidades A y B.

Modalidad A: Becas o residencias en el exterior
El llamado está dirigido solamente a una única persona física uruguaya o
residente legal menor de 35 años al momento de la postulación. Es decir
solamente se podrá postular una única persona por proyecto, solamente
admite la postulación del responsable legal, en este sentido el
responsable de contenidos culturales siempre será la misma persona que el
responsable legal. No podrán postular personas físicas residentes en el
exterior.

Podrán postular artistas de las disciplinas: teatro, danza, artes
visuales, letras y música para realizar becas o residencias en el
exterior. La beca y/o residencia no podrá ser superior a dos años.

Los postulantes deberán presentar un plan de actividades detallado, que
incluya el programa de estudios (objetivos, contenidos, carga horaria y
equipo docente), la invitación o aceptación del centro o instituto donde
realizará la formación, el presupuesto desglosado y una propuesta
tentativa de devolución a la comunidad una vez que culmine su formación la
cual deberá ser coordinada posteriormente con la Dirección Nacional de
Cultura.

Modalidad B: Cursos o Talleres artísticos
Se podrán postular proyectos innovadores que pretendan realizar talleres o
cursos en formación artística de teatro, danza, artes visuales, letras,
música entre otras disciplinas artísticas culturales.
Los proyectos deberán fundamentar la importancia del taller que se
proyecta realizar para la comunidad que se propone. Deberán también
especificarse los destinatarios (edades, cupo), el programa, la carga
horaria, la bibliografía, la forma de evaluación y el equipo docente; el
lugar y localidades que abarcará. Asimismo se deberá presentar un plan de
difusión del taller.
La duración de cada curso no podrá tener una carga horaria menor de 30
horas y los mismos serán gratuitos para los destinatarios.
Al postular por el Fondo Regional se deberán hacer al menos dos cursos o
talleres, por el Fondo Nacional serán tres cursos o talleres según las
especificaciones del alcance detallado en el primer capítulo de estas
bases.

A- Monto asignado para formación, montos totales por Fondos y modalidades
de postulación:

                                    $ 1.992.600
                             Modalidad A   Modalidad B       TOTAL
Fondo Regional($              No aplica     $ 800.000      $ 800.000
160.000 para
cada región)
Fondo Nacional                $ 600.000     $ 592.600    $ 1.192.600

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto:

Montos máximos a                  Modalidad A   Modalidad B
solicitar por
cada proyecto
Fondo Regional                     no aplica     $ 160.000
Fondo Nacional                     $ 200.000     $ 200.000

C- Distribución del monto:
El jurado considerará la diferencia entre las diferentes modalidades y
exigencias para cada una, así como los alcances e impacto de los
diferentes fondos.

D- Documentación específica a presentar
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)
Modalidad A
13 Carta de aceptación o invitación del centro o el lugar en donde se
   realizará la formación.
14 Antecedentes del postulante, se podrá presentar CD o DVD con
   antecedentes.
15 Propuesta de devolución a la comunidad.

Modalidad B
13 Fundamentación.
14 Programa, carga horaria, destinatarios.
15 Listad del equipo docente.
16 Cartas de aceptación de los docentes a participar en el taller.
17 Lugares en donde se realizará el curso o taller.
18 Cartas de aceptación de dichos lugares.
19 Plan de difusión del taller o curso.
20 Antecedentes del postulante, se podrá presentar CD o DVD con
   antecedentes.

4.10. OTROS PROYECTOS CULTURALES

Se premiarán proyectos que no fueron contemplados en el resto de las
categorías de la presente convocatoria teniendo un resultado novedoso sin
perjuicio del soporte o medio de presentación (publicación, espectáculo,
video, etc.).
No se podrán presentar proyectos para infraestructuras culturales.
Se priorizarán los proyectos con valor cultural, características
innovadoras y/o que respondan a necesidades de propuestas culturales
existentes o en gestación y que genere impacto social en zonas con escasa
o nula oferta cultural. En este sentido se priorizarán proyectos que hagan
aportes a una propuesta cultural ya existente o que puedan iniciar una con
posibilidades de permanencia. Por lo tanto, las propuestas que tiendan a
la permanencia se priorizarán ante las de carácter efímero.
No se seleccionarán proyectos de artes visuales, danza, teatro, música,
letras, relato gráfico, revistas especializadas en cultura, formación,
memoria y tradiciones dado que estas disciplinas están contempladas en
otras categorías. No obstante, ésta es una categoría abierta y será el
jurado el que interprete la pertinencia de los proyectos.

Se deberá presentar un plan con el detalle de las actividades que
involucre a la ciudadanía y/o presentaciones que se realizarán. Las mismas
serán de acceso gratuito para la población, siendo labor del responsable
del proyecto asegurar la difusión del producto para lo cual se deberá
presentar en la postulación un plan de difusión. Cada proyecto deberá
presentar como mínimo tres funciones o actividades con la ciudadanía si
postula en el Fondo Regional y seis si postula en el Fondo Nacional.

A- Monto asignado para Otros Proyectos Culturales, montos totales por
Fondos y modalidades de postulación:

                                   $ 1.800.000
Fondo Regional                      $ 900.000
Fondo Nacional                      $ 900.000

B- Montos máximos a solicitar por cada proyecto:

Montos máximos a solicitar por cada proyecto
Fondo Régional                      $ 150.000
Fondo Nacional                      $ 200.000

D- Documentación específica a presentar:
(recuerde presentar la documentación general señalada en el punto 3.2 del
capítulo III)

13 Planificación del proyecto, detallando las actividades previstas,
   presentaciones, etc. según sea el caso y el público destinatario.
14 Detalle del/los lugar/es donde se realizará el proyecto,
   especificando los departamentos y localidades involucradas.
15 Cartas de aceptación del/los lugar/es en donde se llevará a cabo el
   proyecto
16 Plan y estrategia de difusión de las actividades.
17 Antecedentes del grupo y/o responsable, se podrán presentar CD o
   DVD con otras obras y/o trabajos del/las personas involucradas.

V- ADMISIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS

5.1.- JURADOS
La evaluación de los proyectos se hará por medio de Jurados externos al
MEC. Se podrá consultar la conformación del jurado en la página web del
MEC www.mec.gub.uy y en la oficina del Fondo Concursable para la Cultura
www. fondoconcursable.mec.gub.uy
La designación de los jurados tendrá los siguientes criterios:
* Idoneidad profesional en el área o categoría en la que evalúa.
* Trayectoria: artística, patrimonial, académica, de información y
  crítica cultural, o de gestión de proyectos e instituciones culturales.
* Capacidad técnica para evaluar la viabilidad de los proyectos.
* Heterogeneidad de enfoques (teóricos, estéticos, de edad, sexo y
  otros).
* Ausencia de relaciones de carácter laboral de cualquier naturaleza
  con las unidades ejecutoras 001 "Dirección General de Secretaría" y 003
  "Dirección Nacional de Cultura" del Inciso 11 Ministerio de Educación y
  Cultura.
La evaluación de los proyectos se hará en tres etapas, que será evaluada
cada una por un jurado diferente: de contenidos culturales, de viabilidad
y de Fondo de postulación.

El jurado de contenidos culturales evaluará la calidad, la relevancia, los
antecedentes y méritos de los proyectos. Cada categoría tendrá un jurado
de contenidos culturales.

El jurado de viabilidad evaluará los aspectos económicos, técnicos,
legales, de distribución, difusión y promoción, los respaldos
institucionales y/u otras fuentes de recursos. Será un único jurado que
analizará la viabilidad de los proyectos.

El jurado por fondo de postulación evaluará focalizando en la visión
global de los proyectos y la territorialización e impacto de los mismos,
en este sentido serán dos jurados un por el Fondo Regional y otro por el
Fondo Nacional.

Los jurados gozarán de autonomía técnica, debiendo contemplar que los
proyectos no vulneren los valores de la dignidad humana y los Derechos
Humanos. La decisión sobre el otorgamiento de premio será inapelable.

Los miembros del jurado no podrán presentar proyectos en ninguna categoría
ni podrán estar asociados a ningún proyecto presentado.
La interpretación de las Bases así como las cuestiones no previstas o
aquellas que se susciten con motivo de su aplicación, serán resueltas por
el jurado en consulta con la Dirección Nacional de Cultura.

5.2.- ADMISIÓN
La oficina del Fondo Concursable para la Cultura realizará la admisión que
comprenderá lo expresado en estas bases en los apartados 2.3, 3.3, 3.4 y
3.5 así como la documentación obligatoria que se detalla en el capítulo
III, apartado 3.2 y la documentación obligatoria específica detallada por
área y modalidad de postulación en el capítulo IV
La oficina del Fondo Concursable para la cultura podrá:
1) rechazar los proyectos que no se ajusten lo señalado en los apartados
2.3 B y C, 3.3, 3.4 y 3.5. de las bases de la presente convocatoria, en
cuyo caso se avisará al postulante por correo electrónico.
2) observar los proyectos que no establezcan o determinen claramente la
documentación probatoria a los efectos establecidos en el numeral 5.3
etapa 2 de las presentes bases.

5.3.- ETAPAS DE EVALUACIÓN:
Se establecen tres etapas de evaluación, en la primer y segunda etapa si
el jurado lo considera necesario podrá solicitar información adicional
sobre los proyectos, para lo que dará un plazo máximo de 48 horas a los
postulantes para presentar la información solicitada.

Etapa 1. Preselección por evaluación de los contenidos culturales
El jurado de contenidos culturales analizará todos los proyectos y
establecerá un puntaje para cada uno, debiendo entregar este puntaje antes
que inicie la segunda etapa.
En esta etapa se establecerá un puntaje para todos los proyectos
considerando el siguiente criterio de evaluación:
* Calidad y relevancia: valor cultural del proyecto y aporte al
  respecto de las artes, el patrimonio y/o las tradiciones culturales.
* Antecedentes y méritos del responsable legal del proyecto y del
  responsable de contenidos culturales y sus vínculos con los contenidos
  del proyecto.
Se elaborará una planilla con el puntaje que asigna a cada proyecto
evaluado y lo presentará antes de la Etapa 2. Los proyectos que pasan a la
segunda etapa son los que hayan recibido un mínimo de 70% del puntaje de
esta etapa, no pudiendo ser un número superior a 25 proyectos por
categoría.

Etapa 2. Comprende la evaluación de viabilidad los proyectos y la
evaluación de impacto territorial de los proyectos.
Actuarán simultáneamente los jurados de Viabilidad, del Fondo Regional y
del Fondo Nacional.

El jurado de viabilidad analizará los proyectos preseleccionados por el
jurado de contenidos culturales, evaluando las siguientes dimensiones de
viabilidad de los proyectos:
* Adecuación del plan de promoción, difusión en relación a las
  actividades que propone el proyecto.
* Adecuación del presupuesto en los costos en relación a las
  actividades y acciones planteadas (contenidos, promoción, difusión, pago
  de derechos de autor, otros).
* Adecuación de los apoyos institucionales (cartas de compromiso,
  cartas de interés, otros financiamientos o recursos aportados al
  proyecto, permisos, derechos de autor, etcétera), según corresponda a
  cada categoría.
El jurado de viabilidad elaborará una planilla con el puntaje que asigna a
cada proyecto evaluado y lo presentará antes de la Etapa 3.
En el caso que el jurado de viabilidad considere que un proyecto no cumple
con los requisitos de viabilidad o si el mismo fuera observado por la
oficina del Fondo Concursable para la Cultura, el jurado de viabilidad
podrá pedir una reformulación de la viabilidad del proyecto, solamente si
el proyecto cuenta con el 75% o más del puntaje asignado por el jurado de
contenidos culturales. En dicha situación el responsable del proyecto
tendrá un plazo de 48 hs para entregar la reformulación solicitada por el
jurado de viabilidad.

Evaluación del jurado del Fondo de postulación.
Actuará el jurado del Fondo Regional y el jurado del Fondo Nacional,
dichos jurados evaluarán el impacto territorial del proyecto. Con la
actuación de los mismos se elaborarán las planillas con el puntaje que
asigna a cada proyecto evaluado y se presentará antes de la Etapa 3.

Etapa 3. Elaboración de fallos
En la última instancia de evaluación actuarán el jurado de contenidos
culturales en pleno y un representante del jurado de viabilidad y uno de
fondo de postulación. En dicha instancia se analizará y evaluará la
calidad global del proyecto estableciendo el puntaje del mismo,
detallándolo en la planilla.
Por suma de partes -contenidos culturales, viabilidad, impacto territorial
y calidad global- se asignará el puntaje total. La calificación total del
proyecto será hasta 100 puntos.
Con el puntaje total de cada proyecto se realizará la lista de prelación
de la categoría, según modalidad y fondo de postulación, asignándose los
fondos respetando el orden de prelación.
Para obtener el premio o mención se requerirá un mínimo de 70% (setenta
por ciento) del puntaje asignado en cada una de las tres etapas de
evaluación.

"Ver información adicional en el Diario Oficial impreso o en la imagen
electrónica del mismo."

5.4.- FALLOS
Los jurados realizarán la asignación de fondos respetando el orden de
prelación de los puntajes y el monto solicitado por cada proyecto. En la
asignación de premios el jurado deberá respetar el monto del Fondo
Nacional y del Fondo Regional los montos previstos para cada una de las
cinco regiones, no pudiendo traspasar los montos asignados del Fondo
Regional al Fondo Nacional y viceversa, ni entre los montos asignados para
cada región.
En el acta de fallos del jurado se hará constar el puntaje total y el
monto asignado a los proyectos premiados, asimismo se dejará constancia en
el acta del puntaje obtenido por los proyectos que reciban mención. Los
jurados actuantes deberán adjuntar al acta de fallos el puntaje
(discriminado según los criterios de evaluación preestablecidos) de cada
una de las etapas, detallando el puntaje obtenido por cada proyecto que se
ha postulado en la presente convocatoria. Esta planilla se publicará junto
con el acta de fallos y será la única forma de comunicación que se tendrá
entre el jurado y los postulantes.

En caso de que el jurado de una categoría considere con puntaje para ser
ganadores a dos o más proyectos que tengan el mismo responsable o el mismo
responsable de contenidos culturales, el jurado elegirá el proyecto que
tenga mayor puntaje para que sea premiado y los restantes recibirán una
mención sin retribución económica.
El jurado podrá declarar desierto todo o parte del concurso, por motivos
fundados, sin ninguna obligación de indemnizar a los concursantes.

Si el jurado declarase total o parcialmente desierto el concurso en algún
área y/o categoría o si quedasen montos sin distribuir en el área y/o
categoría de postulación, la Dirección Nacional de Cultura (DNC) podrá
reasignar los montos hacia proyectos de otras áreas que estén en listado
de menciones. Siempre se deberá respetar el criterio de asignación por
Fondo Regional o Nacional, es decir si en un área sobra dinero del Fondo
Regional éste se deberá mantener dentro del Fondo Regional pero puede
pasar a cubrir otra área. En caso que no queden más proyectos en listado
de menciones de áreas del Fondo Regional éste podrá pasar al Fondo
Nacional.
Los proyectos con mención, que no fueran financiados por limitaciones
presupuestales, recibirán una declaración de interés cultural otorgada por
la Dirección Nacional de Cultura.

5.5- INFORMACIÓN DE RESULTADOS
El Ministerio de Educación y Cultura publicará en la página web
www.fondoconcursable.mec.gub.uy el listado de los proyectos premiados,
ordenados según el puntaje total otorgado por el jurado y el número de
menciones que éste establezca con el puntaje correspondiente a cada uno.
Adicionalmente, cada uno de los responsables de los proyectos
seleccionados será contactado en forma directa.
La Dirección Nacional de Cultura publicará en un medio de comunicación la
nómina de los proyectos seleccionados, incluyendo el nombre de sus
respectivos responsables y el área y/o la categoría dentro de la cual se
les asigna el premio.

VI- CONVENIO CON LOS PROYECTOS PREMIADOS

Las personas -físicas o jurídicas- responsables de los proyectos
suscribirán un contrato con el Ministerio de Educación y Cultura
representado por el Director Nacional de Cultura, por el que se obligan a
velar por su correcta y completa ejecución. Previo a la suscripción del
contrato los responsables tanto el legal como el de contenidos harán
constar mediante declaración jurada que no se encuentran comprendidos ni
les alcanzan las limitaciones y restricciones establecidas en esta
convocatoria, teniendo presente las penalidades establecidas en el art.
239 del Código Penal.
El responsable legal declarará asimismo bajo juramento y con igual
alcance, que en el proyecto no participan en sus etapas de ejecución ni en
ningún rol personas expresamente impedidas por las bases.
Las personas jurídicas deberán adjuntar documentación que dé cuenta de su
existencia, la representación legal y su vigencia de acuerdo con su
naturaleza jurídica (empresas, asociaciones civiles sin fines de lucro,
etcétera) mediante certificación notarial que acredite dichos extremos y
certificados de estar al día con el BPS y la DGI.
No se firmará dicho contrato en aquellos casos en que al momento de firmar
el responsable del proyecto y el responsable de contenidos culturales
mantengan en ejecución proyectos premiados de las convocatorias anteriores
del Fondo Concursable para la Cultura. De presentarse tal situación se
dará de baja al proyecto y se premiará al que siga en el orden de
prelación siempre que sea mención.
El responsable legal del proyecto será quien recibirá las certificaciones,
la declaración de fomento artístico cultural y visibilidad pública por la
responsabilidad, así como todas las comunicaciones referidas a la
ejecución y el seguimiento del proyecto.

Concesión del Monto y plazos para la ejecución
El monto adjudicado a cada proyecto se pagará en una o más partidas, según
sea el monto del proyecto. Cada partida adjudicada será de hasta $ 200.000
(doscientos mil pesos uruguayos). Es decir si el proyecto tiene adjudicado
un monto inferior al mencionado entonces se pagará en una única partida,
pero en el caso que un proyecto tenga un monto superior entonces se
dividirá el fondo en tantas partidas como sea necesario (no pudiendo
superar ninguna partida los doscientos mil pesos). En este caso el
responsable legal deberá presentar una rendición de gastos por cada
partida obtenida por medio de un informe de revisión limitada.
Se tomará como fecha de inicio del proyecto la fecha que figure en el
cheque o documento correspondiente al pago de la primer o única partida. A
partir de esa fecha, los proyectos premiados contarán con un plazo máximo
de doce meses para finalizar su realización (Salvo que la categoría prevea
otros plazos).

Durante la ejecución, el responsable legal del proyecto deberá presentar
los siguientes informes:

a) Informes descriptivos y de evaluación
* Actualización y ajuste del cronograma de actividades, en el plazo de
  un mes a partir de la firma del contrato (Formulario II, de
  actualización de los datos del proyecto).
* Informe de avance, una vez ejecutado el 50% del proyecto (Formulario
  III, de avance de proyecto).
* Informe de evaluación final, en el plazo de un mes luego de culminada la
  ejecución (Formulario IV, de informe final del proyecto).
* Otros informes que de manera fundamentada solicite la Dirección
  Nacional de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura.
Todos los informes se realizarán en los formularios que proporcionará el
Ministerio de Educación y Cultura.

b) Informes de revisión limitada
Se trata de informes de rendición de cuentas correspondientes al monto
recibido, de acuerdo con lo dispuesto en la ordenanza n° 77 del Tribunal
de Cuentas de la República y normas establecidas por la Contaduría General
de la Nación. Deberán presentarse tantos Informes de revisión limitada
como partidas en las que se reciba el dinero. La elaboración de este
informe corresponde a un contador público, por lo que los proyectos
deberán prever esta contratación. El Informe de revisión limitada se
acompañará de las planillas descriptivas de los gastos
Un modelo de Informe de revisión limitada de rendición de cuentas, junto
con las planillas descriptivas de gastos, se encuentra disponible en la
página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy

6.1.- OBLIGACIONES
De los proponentes
Los proponentes, sean personas físicas o jurídicas, asumirán todas las
responsabilidades legales por el contenido y la ejecución de sus
proyectos, en forma exclusiva. Respecto a las personas jurídicas, sus
representantes legales o estatutarios serán solidaria e indivisiblemente
responsables de las obligaciones asumidas por su representada.
Los responsables legales de los proyectos ganadores, sin perjuicio del
mantenimiento de los derechos sobre sus obras, autorizan expresamente a la
Dirección Nacional de Cultura a utilizar y hacer públicas copias de los
documentos y registros de los proyectos realizados, con la finalidad de
difundirlos, promocionarlos y así dar cuenta del destino de los fondos
públicos asignados mediante el Fondo Concursable para la Cultura. El
Ministerio de Educación y Cultura quedará autorizado expresamente, y sin
derecho a contraprestación alguna, a la utilización parcial de los
proyectos (obras e imagen de responsables, autores, elenco, que sean
registrados en fotografía, video o cualquier otro medio o procedimiento
análogo), así como a incluirlos en catálogos u otras publicaciones a los
solos fines de difusión y promoción del Programa Fondo Concursable para la
Cultura y de otras actividades culturales organizadas por el Ministerio.
Los responsables de los proyectos se obligan a mencionar, en todas las
presentaciones del proyecto y los materiales de promoción y difusión, que
fueron premiados por el Fondo Concursable para la cultura de la Dirección
Nacional de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura, de acuerdo con
la forma que el Ministerio de Educación y Cultura especifique.

Los responsables de cuyos proyectos produzcan bienes, tales como libros,
revistas, catálogos, CD, DVD u otros, cuando las bases de la categoría no
dispongan otra cosa deberán entregar gratuitamente el 10% del tiraje al
Ministerio de Educación y Cultura para ser distribuido según éste
disponga.

6.2- INCUMPLIMIENTO
En caso de incumplimiento de las condiciones que según las presentes bases
se establecerán contractualmente, operará la resolución y/o rescisión del
contrato de pleno derecho, debiendo el responsable proceder al reintegro
de los importes y/o montos que le fueran entregados en un plazo máximo de
10 días a partir de la fecha de comunicación por del Ministerio de
Educación y Cultura.
Sin perjuicio de ello y de las responsabilidades civiles o penales a que
hubiere lugar, el incumplimiento de los compromisos asumidos por el
responsable será publicado en la página web
www.fondoconcursable.mec.gub.uy del Ministerio de Educación y Cultura y en
el Registro Público de Proyectos de Fomento Artístico Cultural. Las
sanciones y demás medidas que correspondan serán impuestas mediante
resolución administrativa dictada por la autoridad competente.

6.3.- CONTROLES Y SANCIONES
La información referente a los proyectos subvencionados y su estado de
ejecución será de acceso público a través de la página web
www.fondoconcursable.mec.gub.uy del Ministerio de Educación y Cultura.
Allí se publicarán total o parcialmente los contenidos de los proyectos
premiados, los cronogramas, informes de avance, informes finales de
evaluación, materiales de difusión y rendiciones de cuentas.
También será pública la lista de los responsables de proyectos y los
responsables de contenidos culturales.
Asimismo, en la página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy del Ministerio
de Educación y Cultura se publicarán los incumplimientos en la ejecución
de los proyectos, cuyos responsables (legal y de contenidos culturales) no
podrán presentar proyectos en las siguientes tres convocatorias.

VII - FALSEDAD DE LOS DATOS APORTADOS

El jurado y/o la Dirección Nacional de Cultura podrán verificar la
autenticidad de la información y los documentos proporcionados por el
responsable legal del proyecto durante todo el proceso de postulación y
ejecución del proyecto.
Si se comprobara que el responsable legal del proyecto ha falseado alguna
información o documento adjunto (auspicios, patrocinios, cartas compromiso
de instituciones y personas, cartas de aceptación, contratos, recursos y
condiciones indicados en ellos, diplomas, certificaciones de estudio,
etcétera), será automáticamente eliminado, se publicará la infracción en
la página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy del Ministerio de Educación
y Cultura y quedará inhabilitado para presentar proyectos en las tres
siguientes convocatorias. Además, en caso de que se compruebe que el
responsable legal de proyecto ha falseado alguna información o documento
adjunto durante la ejecución del proyecto, operará la resolución y/o
rescisión del contrato de pleno derecho, debiendo el responsable proceder
al inmediato reintegro de los importes que le hubieran sido entregados por
el Ministerio de Educación y Cultura para la ejecución del proyecto.
Sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales a que dé lugar
la falsedad comprobada, los hechos referidos serán puestos en conocimiento
de la autoridad competente a los efectos de resolver sobre la aplicación
de sanciones o medidas que correspondan de acuerdo a derecho.

Información y consultas

Las bases podrán obtenerse en:
* La página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy
* Fondo Concursable para la Cultura - Reconquista 535, Montevideo, de
  9 a 17 horas
* Dirección Nacional de Cultura - MEC, San José 1116, Montevideo, de 9
  a 17 horas
* Centros MEC de todo el país.
* Direcciones de Cultura de las intendencias departamentales. Los
  formularios podrán obtenerse en:
* La página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy
* Solicitándolos por correo electrónico a
  info@fondoconcursable.mec.gub.uy

Consultas
Se recomienda realizar las consultas por escrito, mediante el correo
electrónico info@fondoconcursable.mec.gub.uy. Serán respondidas por el
mismo medio.
Se recomienda visitar la página web www.fondoconcursable.mec.gub.uy para
consultar el calendario de charlas informativas.
El plazo para realizar consultas vencerá indefectiblemente el 6 de mayo de
2011 a las 17 horas.

Contenido
  I.- PRESENTACIÓN                                             1
      1.1.- FONDO REGIONAL                                     1
      1.2.- FONDO NACIONAL                                     2
 II.- LOS POSTULANTES                                          3
      2.1- RESPONSABLE LEGAL                                   3
      2.2- RESPONSABLE DE CONTENIDOS CULTURALES                3
      2.3- RESTRICCIONES, LIMITACIONES DEL RESPONSABLE
      LEGAL Y DE CONTENIDOS CULTURALES                         3
      2.4- DERECHO DE AUTOR                                    4
      2.5- ACEPTACIÓN DE LAS BASES                             4
III.- PROYECTO DE FOMENTO ARTÍSTICO CULTURAL                   5
      3.1- FORMULARIO OBLIGATORIO                              5
      3.2- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR                           5
      3.3- FINANCIAMIENTO                                      6
      3.4- CANTIDAD DE PROYECTOS A PRESENTAR                   6
      3.5- FECHA DE INICIO Y DURACIÓN DE LOS
      PROYECTOS                                                7
      3.6- PLAZOS DE INSCRIPCIÓN DE PROYECTOS                  7
      3.7- LUGAR DE INSCRIPCIÓN DE LOS PROYECTOS               7
  IV. CATEGORÍAS                                               8
      4.1. ÁREA ARTES VISUALES                                 9
      4.2. DANZA                                              11
      4.3. ÁREA MÚSICA                                        13
      4.4. TEATRO                                             15
      4.5. ÁREA LETRAS                                        17
      4.6. ÁREA MEMORIA Y TRADICIONES                         19
      4.8. REVISTAS ESPECIALIZADAS EN CULTURA                 20
      4.8. RELATO GRÁFICO_COMICS                              22
      4.9. ÁREA DE FORMACIÓN                                  23
      4.10. OTROS PROYECTOS CULTURALES                        25
   V- ADMISIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS                  26
      5.1.- JURADOS                                           26
      5.2.- ADMISIÓN                                          26
      5.3.- ETAPAS DE EVALUACIÓN:                             27
      5.4.- FALLOS                                            28
      5.5- INFORMACIÓN DE RESULTADOS                          29
  VI- CONVENIO CON LOS PROYECTOS PREMIADOS                    29
      Concesión del Monto y plazos para la ejecución          30
      a) Informes descriptivos y de evaluación                30
      b) Informes de revisión limitada                        30
      6.1.- OBLIGACIONES                                      30
      De los proponentes                                      30
      6.2- INCUMPLIMIENTO                                     31
      6.3.- CONTROLES Y SANCIONES                             31
VII - FALSEDAD DE LOS DATOS APORTADOS                         32
Información y consultas                                       32




		
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