Fecha de Publicación: 11/01/2018
Página: 12
Carilla: 12

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

3

   Otórgase a la entidad que desarrolle la actividad mencionada en el numeral 1°, un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en las adquisiciones de equipos, máquinas, materiales y servicios destinados a integrar el costo de la inversión promovida. Dicho crédito será materializado mediante certificados de crédito en el régimen correspondiente a los exportadores, en las condiciones que determine la Dirección General Impositiva.

   Se consideran comprendidos dentro de los servicios a que refiere el inciso anterior, los financieros, de garantías y de seguros.
Ayuda