APROBACION DEL PLAN PARA LA "IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE MONITOREO CONTINUO DE EFLUENTES"




Promulgación: 15/08/2019
Publicación: 22/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   (Otras tramitaciones). Los establecimientos industriales y los organismos públicos que reúnan las condiciones previstas en el ordinal 2° de esta resolución, deberán acreditar o prever según corresponda, la implementación de un sistema de monitoreo continuo de efluentes de conformidad con lo establecido en la presente, conjuntamente con la presentación del proyecto de ingeniería en la tramitación de la Autorización de Desagüe Industrial o como parte del Plan de Gestión Ambiental de Operación, para el otorgamiento o la renovación de la Autorización Ambiental de Operación.-
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