APROBACION DEL "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ANALITICOS PARA MUESTRAS AMBIENTALES". 3ª EDICION




Promulgación: 26/10/2017
Publicación: 03/11/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de mantener actualizado el "Manual de procedimientos analíticos para muestras ambientales" (Exp. 2017/ 14000/16257);

   RESULTANDO: I) que por Resolución Ministerial N° 110/2010 de 26 de enero de 2010, se aprobó el "Manual de procedimientos analíticos para muestras ambientales", 2ª edición, disponiéndose la obligatoriedad de los métodos y criterios técnicos contenidos en el mismo;

   II) que la División Laboratorio Ambiental de la Dirección Nacional Medio Ambiente, ha actualizado el referido Manual, en el marco de sus actividades para mantener el fortalecimiento de las capacidades analíticas en el país, asegurando la calidad, confiabilidad y comparabilidad de los datos, mediante el empleo de métodos estandarizados y acordes a la evolución tecnológica a nivel nacional;

   III) que en su tercera edición, el Manual se estructura en ocho secciones, incluyendo ochenta y siete procedimientos analíticos, de los cuales veinte son procedimientos nuevos y sesenta y siete son procedimientos actualizados de ediciones anteriores;

   CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Medio Ambiente, solicita la aprobación del "Manual de procedimientos analíticos para muestras ambientales", 3ª edición, dándole carácter obligatorio para el uso válido de los resultados analíticos en procedimientos y tramitaciones de competencia de dicha unidad ejecutora;
    
   II) que, como ediciones anteriores, el referido Manual se basa en métodos estandarizados de aceptación internacional, los que han sido adaptados teniendo en cuenta la experiencia del Laboratorio Ambiental de la Dirección Nacional de Medio Ambiente y de sus profesionales, con el apoyo del Programa de Modernización de la Institucionalidad para la Gestión y la Planificación Ambiental (Proyecto BID 3080/OC-UR);

   III) que la generación de información ambiental debe realizarse sobre bases que ofrezcan garantías para una adecuada gestión ambiental, en todas sus etapas y para todos los sectores, en cumplimiento de los principios de la política nacional ambiental (artículo 6° de la Ley General de Protección del Ambiente);

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo dispuesto en la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000, el artículo 13 del Decreto 253/979 de 9 de mayo de 1979, en la redacción dada por el artículo 7° del Decreto 195/991 de 4 de abril de 1991 y el Anexo IV del Decreto 255/013 de 19 de agosto de 2013;

                  LA MINISTRA DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
                       TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

                                RESUELVE:

1

   Apruébase el "Manual de procedimientos analíticos para muestras ambientales", 3ª edición, elaborado por la División Laboratorio Ambiental de la Dirección Nacional Medio Ambiente, cuyos métodos y procedimientos técnicos resultarán obligatorios en toda presentación, intervención o requerimiento que incluya resultados analíticos en procedimientos y tramitaciones de evaluación, autorización o control ambiental.

2

   Cométase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente la publicación del referido Manual y la instrumentación de mecanismos de difusión y capacitación en la materia.-

3

   Exhórtase a otras entidades públicas que realicen análisis de laboratorio en matrices ambientales, a adoptar en el ámbito de sus respectivas competencias, los métodos y criterios técnicos contenidos en la tercera edición del Manual al que refiere esta Resolución. 

4

   Déjase sin efecto la Resolución Ministerial N° 110/2010 de 26 de enero de 2010, por la que se aprobó la 2ª edición del Manual.-

5

   Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial (Sección Documentos) y vuelva a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para su comunicación a las Áreas y Asesorías de la misma y a la Dirección Nacional de Aguas. Cumplido, vuelva a la División Laboratorio Ambiental y comuníquese a través de la Red de Laboratorios Ambientales de Uruguay (rlau).-

   ENEIDA de LEÓN
Ayuda