APROBACION DE LA EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DEL "PLAN INTERDEPARTAMENTAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA CIUDAD DE CERRO CHATO Y SU MICRORREGION, CON EXCLUSION DE LAS DIRECTRICES DE TREINTA Y TRES Y DURAZNO




Promulgación: 05/01/2017
Publicación: 24/01/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
                            
   VISTO: los Oficios N° 192/2016, de 5 de setiembre de 2016, 236/2016, de 8 de setiembre de 2016, y 374/2016, de 16 de setiembre de 2016, por los cuales las Intendencias de Treinta y Tres, Durazno y Florida, respectivamente, solicitaron la aprobación de la Evaluación Ambiental Estratégica del "Plan Interdepartamental de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Ciudad de Cerro Chato y su microrregión inmediata" (Exp. 2013/14000/09625);

   RESULTANDO: I) que por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009, se reglamentó el artículo 47 de la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, en lo que respecta al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial;

   II) que, habiéndose cumplido con los requisitos de presentación y las etapas correspondientes al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica, la División Promoción del Desarrollo Sostenible de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, por informe del 28 de octubre de 2016, sugiere aprobar la evaluación del referido instrumento;

   III) que según el informe de la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Medio Ambiente, de 8 de noviembre de 2016, se sugiere aprobar la Evaluación Ambiental Estratégica del plan de referencia, excluyéndose de dicha aprobación las modificaciones propuestas a las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Treinta y Tres y Durazno, previa vista a las Intendencias de Florida, Treinta y Tres y Durazno, por los fundamentos que se desarrollan en dicho informe;

   IV) que, con fecha 14 de noviembre de 2016, se confirió vista del citado informe a las Intendencias de Florida, Treinta y Tres y Durazno, no habiéndose evacuado las vistas conferidas;

   CONSIDERANDO: que habrá de procederse en la forma sugerida por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, aprobándose la Evaluación Ambiental Estratégica del "Plan Interdepartamental de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Ciudad de Cerro Chato y su microrregión inmediata", excluyéndose de dicha aprobación las modificaciones propuestas a las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Treinta y Tres y Durazno;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 18.308 de 18 de junio de 2008 y por el Decreto N° 221/009 de 11 de mayo de 2009;

    EL MINISTRO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica del "Plan Interdepartamental de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la Ciudad de Cerro Chato y su microrregión inmediata" excluyéndose de dicha aprobación las modificaciones propuestas a las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de Treinta y Tres y Durazno.-

2

   Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder a la notificación de las Intendencias de Treinta y Tres, Durazno y Florida, debiéndose adjuntar a dicha notificación, una copia del informe de la División Promoción del Desarrollo Sostenible del 28 de octubre de 2016 (Ref. 10) y publíquese en el Diario Oficial (Sección Documentos).-

   JORGE RUCKS
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