APROBACION DE LA EVALUACION AMBIENTAL ESTRATEGICA DEL PROYECTO DE PROGRAMA DE ACTUACION INTEGRADA DEL PADRON QUE SE DETERMINA. DURAZNO




Promulgación: 15/12/2014
Publicación: 19/02/2016
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   VISTO: la solicitud de la Intendencia de Durazno para obtener la aprobación de la Evaluación Ambiental Estratégica del Programa de Actuación Integrada correspondiente al Padrón N° 8923 de la 11ª Sección Catastral del departamento de Durazno (Exp. 6050/2012);

   RESULTANDO: I) que por Oficio N° 143/2013, de 27 de mayo de 2013, la Intendencia de Durazno comunicó a la Dirección Nacional de Medio Ambiente, la Resolución N° 611/2013, de 22 de mayo de 2013, por la cual el ejecutivo departamental resolvió dar inicio al proceso de elaboración del instrumento de ordenamiento territorial referido, a solicitud de la empresa YELIR S.A.;

   II) que por Oficio N° 34/2013, de 28 de noviembre de 2013, solicitó la aprobación de la Evaluación Ambiental Estratégica del programa de actuación integrada para el padrón indicado, en la localidad Centenario, en la Ruta Nacional N° 5, km 246,100;

   III) que habiéndose conferido vista de las observaciones formuladas, según informe de la División Promoción del Desarrollo Sostenible, de 4 de noviembre de 2014, el referido proyecto de programa de actuación integrada ha cumplido con los requisitos y las etapas correspondientes al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica por lo que se sugiere aprobar la misma;

   IV) que en particular, por oficio N° 53/2014, de 8 de octubre de 2014, la Intendencia de Durazno aceptó la observación respecto de la condición prevista por el Decreto 253/979, de 9 de mayo de 1979 (literal "a" del numeral 3 del artículo 11), por la cual sólo es admisible el desagüe por infiltración al terreno en zonas rurales, ajustando el sistema de saneamiento propuesto a esas regulaciones;

   CONSIDERANDO: I) que habrá de procederse en la forma sugerida por la Dirección Nacional de Medio Ambiente, aprobándose la Evaluación Ambiental Estratégica del referido instrumento de ordenamiento territorial, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009;

   II) que tratándose de un emprendimiento instalado y en operación antes de haber cumplido todas las etapas previstas en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, la Intendencia podrá aplicar las sanciones previstas en el artículo 71 de la misma;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000, por la Ley N° 18.308, de 18 de junio de 2008, y, por el Decreto N° 221/009, de 11 de mayo de 2009;

                  EL MINISTRO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
                       TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Evaluación Ambiental Estratégica del proyecto de programa de actuación integrada correspondiente al Padrón N° 8923 de la 11ª Sección Catastral del departamento de Durazno.-

2

   Esta resolución se dicta en cumplimiento de las normas en que se funda, por lo que es sin perjuicio de otros permisos o autorizaciones y de los derechos que a terceros pudieran corresponder.-

3

   Pase a la Dirección Nacional de Medio Ambiente para proceder a la notificación de la Intendencia de Durazno, en la cual deberá acompañarse copia del informe de referencia 32.-

4

   Revócase la Resolución Ministerial N° 1427/2014, de 24 de noviembre de 2014, erróneamente dictada.-

5

   Publíquese en el Diario Oficial (Sección Documentos).-

   FRANCISCO BELTRAME
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