El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, solicitando que se declare abandonada a favor del Estado la embarcación "ARAI", la cual se encuentra semihundida, inmovilizada y en estado de abandono, afectando la operativa del Puerto del Buceo, constituyendo un riesgo para la navegación y la seguridad portuaria;
RESULTANDO: que por Resolución de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de 28 de febrero de 2019, se dispuso intimar al propietario Sr. Jorge Aspirot, armador o representante, y a toda persona que pudiera tener vinculación jurídica con la embarcación "ARAI", el retiro de la misma en el plazo de 10 (diez) días corridos contados desde su notificación, bajo apercibimiento de operar la traslación de dominio a favor del Estado;
CONSIDERANDO: I) que la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, sugiere que vencido el plazo de la intimación sin que se hubiera dado cumplimiento a lo dispuesto por la mencionada Resolución, se repute abandonada la embarcación de referencia a favor del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, sin perjuicio de la responsabilidad pecuniaria por los gastos que demanden las operaciones de movilización y conexas;
II) que el Departamento Letrada del Área Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, manifiesta que no existen observaciones jurídicas que formular en estas actuaciones, y habiéndose seguido el debido procedimiento, se estaría en condiciones de dictar resolución, declarando abandonada en favor del Estado la embarcación de marras;
ATENTO: a lo previsto por el artículo 236 de la Ley N° 16.320, de 1° de noviembre de 1992, en la redacción dada por el artículo 331 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, y a lo expuesto.
LA MINISTRA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Repútase abandonada a favor del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la embarcación "ARAI", matrícula de N° 439 del Puerto de Punta del Este, actividad tráfico, propiedad del Sr. Jorge Aspirot, la cual se encuentra semihundida dentro de la jurisdicción del Puerto del Buceo, quedando sin efecto todos los derechos reales, personales o de cualquier especie que existan a favor de terceros sobre la referida embarcación, salvo que éstos asuman a su cargo la extracción de la misma y el pago de los gastos pendientes.
Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para contratar las operaciones necesarias para la eliminación o extracción de obstáculos y la disposición del depósito, enajenación y demás medidas conducentes al retiro definitivo de la embarcación con traslado de dominio a favor de la referida Unidad Ejecutora.
Establécese que los gastos originados por las referidas operaciones serán debidamente relacionados y una vez aprobados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituirán título ejecutivo, debiéndose además documentar la correspondiente traslación de dominio en la forma de estilo.
Comuníquese, publíquese y siga a la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a fin de notificar al interesado y proceder como está dispuesto.