OTORGAMIENTO DE PERMISO DE OCUPACION DE UNA FRACCION DEL ALVEO DE DOMINIO PUBLICO DEL RIO DE LA PLATA




Promulgación: 13/02/2020
Publicación: 18/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Fe de erratas publicada/s: 21/02/2020.

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   CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL PERMISO.
a) Vencimiento del plazo. El permiso se extinguirá por vencimiento del
   plazo original o cualquiera de sus prórrogas.
   Con una anticipación no menor a seis meses con respecto al vencimiento
   del plazo el Permisario y el MTOP establecerán un plan de
   transferencia que fijará plazos y demás condiciones en las que el
   Permisario entregará y el MTOP accederá a las obras e instalaciones
   que correspondan.
b) Mutuo acuerdo. El Permisario y el MTOP podrán acordar la extinción del
   permiso en cualquier momento y conforme a las condiciones que se
   establezcan en el acuerdo respectivo.
c) Incumplimiento grave del Permisario. El incumplimiento grave por parte
   del Permisario podrá determinar la revocación del permiso sin derecho
   del Permisario a indemnización alguna o reembolso por las obras
   construidas en el álveo.
   Dentro de los actos pasibles de dar lugar a la revocación por
   incumplimientos graves del Permisario se incluyen, entre otros
   previstos por la normativa:
*  Deficiente conservación de obras e instalaciones dentro del área
   permisada, sumada a la negativa del Permisario (previa intimación) a
   efectuar las reparaciones y mantenimientos considerados necesarios por
   la Administración.
*  Atraso en el inicio de modificación de obras comprometida.
*  Incumplimiento en forma reiterada de las exigencias de los organismos
   del Estado, bien no proceder con la celeridad necesaria para el
   cumplimiento de las mismas. Esto se hace extensivo para las exigencias
   eventualmente planteadas por el Órgano de Control.
*  Incumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias, en
   particular lo dispuesto en los artículos 172, 173, 175 y 182 del
   Código de Aguas.
*  Actos de inobservancia, reticencia u ocultamiento de información a la
   Administración.
*  Destrucción de la infraestructura, equipos, bienes ó instalaciones o
   grave perjuicio ambiental provocado por dolo o culpa grave del
   Permisario.
*  Cesión total o parcial del permiso, sin autorización previa del MTOP.
d) Quiebra o liquidación del Permisario.
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