PERMISO DE OCUPACION A LA ANP DE DOS FRACCIONES DEL ALVEO PUBLICO DEL RIO URUGUAY, SOBRE LAS ZONAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 25/04/2016
Publicación: 28/04/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Ver: Resolución MTOP S/N de 29/04/2020 numeral 1 (deja sin efecto el 
permiso de uso del álveo público de dos fracciones del Río Uruguay).
Referencias a toda la norma

2

   PLAZO DEL PERMISO.
   El permiso será por un plazo de 5 (cinco) años, renovable por un período de igual duración de común acuerdo entre las partes, siendo causal de revocación que la zona de alijo y complemento de carga a explotar por parte de la Administración Nacional de Puertos, no cuente con instalaciones operativas durante 1 (un) año.
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