CONCESION DE USO PRIVATIVO. ALVEOS Y AGUAS PUBLICAS. OSE




Promulgación: 16/04/2010
Publicación: 22/04/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la solicitud de la Administración de las Obras Sanitarias del
Estado (OSE) a fin de obtener un permiso de uso especial de una fracción
del álveo de dominio público del Océano Atlántico, a la altura de la
parada 31 de la Playa Brava, en la ciudad de Punta del Este, departamento
de Maldonado.

RESULTANDO: I) Que por nota que encabeza estos obrados, el referido
Organismo informó a la Dirección Nacional de Hidrografía la ejecución de
las obras del proyecto para el Tratamiento de Disposición Final de
Efluentes del Sistema Maldonado - Punta del Este, indicando que la
solución desarrollada significa la construcción del citado emisario, de
1.400 mm. de diámetro, en material PEAD, con una longitud aproximada de un
kilómetro, lo que implica la necesidad de utilizar una porción del álveo
del Océano Atlántico, en la ubicación precisa que se señala en plano
obrante en autos, a cuyos efectos solicitó el referido permiso.

II) Que la Comisión de Alveos de la referida Dirección Nacional del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, previo a expedirse, requirió
información adicional sobre el proyecto de ingeniería de los tramos del
emisario terrestre y subfluvial, así como informe técnico que documentase
la no afectación de la morfología de la costa y la dinámica costera en la
zona de proyecto.

III) Que el Organismo solicitante complementó la información requerida
adjuntando el Plano del nombrado emisario terrestre y subacuático (planta
y perfil) elaborado por Tahal Group en julio de 2008, evaluación de
aspectos y riesgos ambientales, conclusiones del Estudio de Impacto
Ambiental y Estudio estructural, extractados del Estudio de Impacto
Ambiental relativo al emisario (tramo terrestre y fluvial), elaborado por
Tahal Consulting Engineers Ltd. en agosto de 2008, copia de la propuesta
técnica de la empresa constructora que acompañó su oferta, ya adjudicada
por OSE a la empresa Constructora Belfi SA - Montec Ltda. y profundización
del análisis de los efectos ambientales derivados de la fase de
construcción del emisario submarino, elaborado por Tahal Consulting
Engineers Ltd. en agosto de 2009, tomando en consideración las
particularidades del procedimiento contractivo de la propuesta técnica
adjudicada.

IV) Que el Grupo de Trabajo de Cruce de Alveos ya mencionado analizó el
aporte informativo complementario señalando que el referido álveo
pertenece al dominio público, propiedad del Estado y es administrado por
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas. En lo atinente a la
información técnica proporcionada, expresó que no existen objeciones que
formular al respecto. Asimismo indicó que el artículo 190 del Decreto Ley
N° 14.859 de 15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas), establece que los
usos privativos que sean necesarios para la prestación de servicios
públicos deben ser otorgados por el Ministerio competente mediante
permisos de usos especiales, a solicitud del órgano o ente público
respectivo.

CONSIDERANDO: Que la Dirección de los Servicios Jurídicos (Departamento
Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas informó que, por
tratarse de un ente del estado, corresponde otorgar el citado permiso de
uso especial para la prestación de un servicio público de acuerdo a lo
edictado por el artículo 190 del Código de Aguas, por el tiempo necesario
para la prestación del servicio, no rigiendo el artículo 167, numeral 2,
del citado Código, excepto razones fundadas de interés general, en que el
Poder Ejecutivo podrá revocar tales permisos, debiendo en el mismo acto
disponer las medidas necesarias para asegurar la continuidad del mismo y
proveer los arbitrios económicos para ello. En síntesis, el referido
asesoramiento letrado, estimó que correspondería otorgarlo a OSE el
permiso de uso especial ya referenciado, tal como surge a fojas 67 de
autos.

ATENTO: a lo establecido por el artículo 190 del Decreto Ley N° 14.859 de
15 de diciembre de 1978 (Código de Aguas).

                EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

                                RESUELVE:

1

 Otórgase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), un
permiso de uso especial de una fracción del álveo público del Océano
Atlántico, a la altura de la parada 31 de la Playa Brava, en la ciudad de
Punta del Este, departamento de Maldonado, con un área total de 9há
3437m2, 36dm2, sin empadronar, según Plano de Mensura relevado el 15 de
junio de 2009 por el Ingeniero Agrimensor Hipólito Gallinal en el
departamento de Maldonado, Localidad Catastral Punta del Este, agregado en
autos a fojas 2 y conforme a las siguientes coordenadas X(m) e Y(m)
respectivamente: Pto1: 3938,80 y -121,49, Pto. 2: 3968,34 y -294,20, Pto.
3: 4141,81 y -328,60, Pto. 4: 5072,51 y -328,60, Pto. 5: 5072,51 y
-228,60, Pto. 6: 4137,75 y -228,60.

2

 Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y vuelva a la Dirección
Nacional de Hidrografía para notificación de la firma interesada y demás
efectos.

ENRIQUE PINTADO
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