REGLAMENTACION DEL ART. 331 DE LA LEY 18.362, RELATIVA A LA DESCRIPCION DE CARGO DE LA SUBDIRECCION DEL INSTITUTO NACIONAL DE DONACION Y TRASPLANTE DE CELULAS, TEJIDOS Y ORGANOS (INDT)




Promulgación: 22/10/2020
Publicación: 06/11/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 331.
   VISTO: la necesidad de reglamentar las atribuciones de la Subdirección del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos;

   RESULTANDO: I) que el Artículo 328 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, crea el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células. Tejidos y Órganos;

   II) que el Artículo 331 de dicha Ley, establece que el citado Instituto estará dirigido por una Dirección y Subdirección, definiendo en el Artículo 332 las competencias de la Dirección;

   CONSIDERANDO: que resulta necesario describir el cargo de la Subdirección;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 9.202 de 12 de enero de 1934, la Ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008 y demás normas concordantes y complementarias;

                       EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Aprobar la descripción de cargo de la Subdirección del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos (INDT), que se define en la presente Ordenanza Ministerial.

2

   La naturaleza de la función referida es la de asesor, fiscalizador y ejecutor del área administrativa y de gestión de recursos, así como de los procesos concernientes a dar cumplimiento a los objetivos del INDT.
   El Subdirector de dicho Organismo debe reportar directamente al Ministerio de Salud Pública en cuanto a las funciones descriptas en esta Ordenanza.

3

   Son funciones del Subdirector del INDT:
   a) Asesorar, fiscalizar y gestionar las áreas de:
   - División Banco de Tejidos.
   - División Laboratorio de Inmunogenética y análisis.
   - División Productos celulares.
   - División Consorcio de Ingeniería tisular y celular.
   - División Coordinación de Trasplantes.
   - División Gestión de Recursos incluyendo al presupuesto Institucional.
   - Departamento de Administración y Recursos
   - Departamento de Soporte Técnico
   Las tareas concernientes a fiscalización se llevarán a cabo sin perjuicio de las que pudiera realizar la División Fiscalización, perteneciente al Ministerio de Salud Pública.
   b) Asesorar a la Dirección sobre el uso eficiente de los recursos.
   c) Desarrollar y promover planes operativos de descentralización de la procuración en el interior del país, así como llevar a cabo coordinaciones y actividades tendientes a fomentar y mejorar el relacionamiento Interinstitucional de los Organismos participantes.
   d) Coordinar con el Ministerio de Salud Pública todo asunto que entienda pertinente a efectos de mejorar el proceso de gestión del INDT, así como la confección y remisión de informes semestrales, en vistas a poner en conocimiento de la autoridad sanitaria la evolución de los Programas de forma tal de desarrollar una evaluación sistemática de los mismos.

4

   Tomen conocimiento el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos y el Área de Gestión Humana. Pase al Departamento de Comunicaciones para su publicación en la página web institucional y en el Diario Oficial. Cumplido, archívese.

   DANIEL SALINAS
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