INSTRUMENTACION DE LA FORMA, CONDICIONES Y OPORTUNIDADES PARA LA FINANCIACION DEL PAGO DE LA TASA DE REGISTRO Y CONTROL PERMAMENTE DE PRODUCTOS VETERINARIOS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 30/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

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   Las empresas interesadas deberán presentar la solicitud de pago de hasta en 12 (doce) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de la deuda especificada en el numeral precedente, personalmente: en las oficinas de la Dirección General de Servicios Ganaderos de Montevideo o Interior del país o mediante el correo electrónico: convenios_DILAVE@mgap.gub.uy ante la División Laboratorios Veterinarios "Miguel C. Rubino" (o Sub Centros Regionales del Interior del país), dentro de los 60 (sesenta) días hábiles, inmediatos y posteriores a la entrada en vigencia de la presente resolución. No se autorizarán convenios de pago, a las empresas que presenten la solicitud fuera del lapso establecido precedentemente. Podrán realizar previamente, una consulta del reporte de la deuda, por escrito o vía electrónica al Área Financiero Contable de la Dirección General de Servicios Ganaderos.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.
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