CERTIFICADO DE CONTROL DE CALIDAD. SANIDAD VEGETAL




Promulgación: 09/01/2006
Publicación: 02/02/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 155
VISTO: la propuesta realizada por la División Operaciones y la División
Protección de Alimentos Vegetales de la Dirección General de Servicios
Agrícolas de actualización de la documentación utilizada en la
Certificación de Control de Calidad de exportación de semillas,
vegetales, productos o subproductos de origen vegetal;

CONSIDERANDO: I) lo establecido en al Art. 286 de la ley Nº 16.736, del 5
de enero de 1996, en la que dispone que el Poder Ejecutivo determinará
los controles que correspondan a las exportaciones, así como también
otorgar la certificación de exportación pertinente;

II) lo resuelto en el decreto Nº 24/98 del 28 de enero de 1998 el que
dispone que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de
la Dirección General de Servicios Agrícolas, elabore las normas,
verifique y certifique el ingreso o egreso de semillas, productos y
subproductos de origen vegetal;

III) que la Dirección General de Servicios Agrícolas, en uso de sus
facultades delegadas, ha efectuado el estudio y modificaciones que
entiende pertinente realizar en el "Certificado de Control de Calidad",
elevando un modelo para su aprobación;

RESULTANDO: conveniente y necesario actualizar y poner en vigencia la
documentación propuesta en sustitución de la actualmente utilizada a
tales fines;

ATENTO: a las razones expuestas.


          EL MINISTRO INTERINO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar el "Certificado de Control de Calidad", que se adjunta y forma parte de la presente resolución, como Certificado Oficial para ser
utilizado en las exportaciones de: semillas, vegetales, productos o
subproductos de origen vegetal.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución MGAP S/N de 
09/01/2006.

2

 Autorizar a la Dirección General de Servicios Agrícolas a otorgar, luego
de efectuados los controles correspondientes a través de sus servicios,
el "Certificado de Control de Calidad" a aquellas partidas de semillas,
vegetales, productos o subproductos de origen vegetal con destino a
exportación que hubieren cumplido con los requisitos exigidos.

3

 La presente resolución entrará en vigencia luego de su publicación en
dos diarios de la capital.

4

 Comuníquese, publíquese y archívese.

ERNESTO AGAZZI
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