MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR




Promulgación: 27/09/2021
Publicación: 12/10/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 534/009, de 23 de noviembre de 2009 y sus modificativas;

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto prohibió la comercialización, importación, registro como marca o patente y publicidad, de cualquier dispositivo electrónico para fumar, conocidos como "cigarrillo electrónico", "e-cigarettes", "e-ciggy". "e-cigar";

   II) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en la norma referida en el VISTO, es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente régimen arancelario:

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución N° 5043 de esta Secretaría de Estado, de 27 de diciembre de 2016, de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 43/021, de 26 de enero de 2021;

   ATENTO: a lo expuesto;

                    LA MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                RESUELVE:

1

   Incorpórase a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por la Resolución Ministerial N° 5043, de 27 de diciembre de 2016, el contenido del Anexo (*) que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

   Comuníquese a la Dirección Nacional de Aduanas a través de la casilla: clasificación@aduanas.gub.uy; publíquese y archívese.

   AZUCENA ARBELECHE
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