El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
PLAN DE MANEJO DEL AREA DE MANEJO DE HABITATS Y/O ESPECIES "ESTEROS Y ALGARROBALES DEL RÍO URUGUAY" CAPÍTULO II - ZONIFICACIÓN
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(Zona de intervención baja). La zona de intervención baja es aquella dirigida a que los procesos ecológicos se mantengan con la presencia de actividades humanas de bajo alcance, baja severidad y baja irreversibilidad. Comprende, según se indica en el mapa incorporado a la presente resolución como Anexo, a la extensión de área protegida que no forma parte de la zona de intervención mínima, así como toda la superficie de la zona adyacente, no forestada a la fecha.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Resolución MA S/N de
15/06/2023.