APROBACION DEL DECRETO DEPARTAMENTAL Nº 3.946, RELATIVO A LA ORDENANZA SOBRE CONSTRUCCION E HIGIENE DE LA VIVIENDA




Fecha de Publicación: 23/11/2000
Página: 300-A
Carilla: 4

INTENDENCIA MUNICIPAL DE PAYSANDU

Resolución 2.809/000

Apruébase el Decreto 3.946, referente a la Ordenanza sobre Construcción e 
Higiene de la Vivienda con sus modificativas.
(2.424*R)

                                                   16 de Noviembre de 2000
                                                                          
DECRETO Nº 3946/00

                   LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE PAYSANDU,                    
                                                                          
                                 DECRETA:                                 
ARTICULO 1º.- Declárase aplicable en lo pertinente, la Ordenanza sobre 
Construcción e Higiene de la Vivienda (Decreto Nº 8289) y Decretos 
modificativos, a la construcción de estadios, complejos deportivos y 
similares.-

ARTICULO 2º.- Exonérase de todo derecho, timbres y resposiciones 
municipales, a los trámites de solicitudes de permisos para la 
construcción, ampliación o refacción de estadios, clubes, complejos 
deportivos y similares, iniciados por instituciones sociales, deportivas, 
culturales y religiosas.-

ARTICULO 3º.- Estarán igualmente exoneradas las solicitudes de 
regularización de las construcciones existentes de: estadios, clubes, 
complejos deportivos y similares, presentadas por instituciones sociales 
y deportivas, culturales y religiosas.-

ARTICULO 4º.- A los efectos de la regularización mencionada en el 
artículo anterior, las instituciones deberán presentar ante el 
Departamento de Obras (Dirección de Edificaciones):
    a) Relación dominial con el predio ocupado
    b) Recaudos completos con planos, memoria descriptiva y todo elemento 
       que sirva para detallar la obra a regularizar, los que deberán
       estar firmados por técnico habilitado por la Intendencia Municipal
       de Paysandú y por directivos de la institución peticionante.-

ARTICULO 5º.- Facúltase al Ejecutivo Comunal a reglamentar al presente 
Decreto.

ARTICULO 6º.- Comuníquese, publíquese, etc. ROBERTO MARISTAN, Presidente; 
MARIA ROSA DE SANTIS, Secretaria General.

RESOLUCION Nº 2809/2000:

                   EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PAYSANDU                    
                                                                          
                                RESUELVE:                                 
                                                                          
Aprobar el Decreto Nº 3946/2000, sancionado por la Junta Departamental, 
con relación a la Ordenanza sobre Construcción e Higiene de la Vivienda 
con su modificativas.-

ESC. ALVARO A. LAMAS, Intendente; BERTIL R. BENTOS, Secretario General.


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