MODIFICACION DEL DECRETO DEPARTAMENTAL 7/91, RELATIVO LA OBLIGACION DE CONTENER UN ASIENTO RESERVADO PARA USO EXCLUSIVO DE LISIADOS, EMBARAZADAS, ANCIANOS Y PERSONAS CON NIÑOS EN BRAZOS, EN EL TRANSPORTE DE PASAJEROS




Fecha de Publicación: 07/12/2005
Página: 590-A
Carilla: 20

INTENDENCIA MUNICIPAL DE CERRO LARGO

Resolución S/n

Cúmplase el Decreto Departamental 27/005 por el cual se agrega al Art.
134 del Decreto Departamental 7/91 un literal por el que se dispone que
cada vehículo de transporte de pasajeros contará con un asiento reservado
para uso exclusivo de lisiados, embarazadas, ancianos o personas con
niños en brazos.
(2.303*R)

JUNTA DEPARTAMENTAL DE CERRO LARGO

                              DECRETO 27/05

VISTO: el Oficio Municipal 619/05 del 25 de octubre de 2005 por el cual
el Ejecutivo Comunal ejerce la iniciativa adjuntado Proyecto de Decreto
modificatorio del Art. 134 del Decreto Dptal. 7(91).

RESULTANDO: que la Junta Departamental en su sesión Ordinaria del día 7
de octubre de 2005 aprobó una minuta de aspiración requiriendo la
iniciativa del Sr. Intendente para modificar el Art. 134 del Decreto
7/91, recogiendo el planteamiento formulado por el Sr. Edil Gustavo
Recarte de que cada vehículo de transporte de pasajero contara con un
asiento reservado para uso exclusivo de lisiados, embarazadas, ancianos o
personas con niños en brazos.

CONSIDERANDO: que la norma propuesta constituye un vacío en la normativa
departamental, que es necesario llenar a efectos de que los ómnibus de
transporte urbano de pasajeros cuenten con asientos y espacios
específicamente destinados a ser ocupados por las personas referidas.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a sus facultades constitucionales
y legales, la

                   JUNTA DEPARTAMENTAL DE CERRO LARGO,

                                 DECRETA:

Art. 1º) Agrégase al Art. 134 del Decreto Departamental 7/91 el literal
E) con el siguiente tenor: un cartel en un asiento con la leyenda
"RESERVADO - DEC. 7/91)" exclusivamente destinado para lisiados,
embarazadas, ancianos o personas con niños en brazos.

Art. 2º) Pase a la Intendencia Municipal de Cerro Largo a sus efectos.

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE CERRO LARGO, EL DIA
DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CINCO.
DRA. CARMEN TORT, Presidente; NERY DE MOURA, Secretario.

INTENDENCIA MUNICIPAL DE CERRO LARGO

                                             Melo, 24 de Noviembre de 2005

VISTO: Las actuaciones cumplidas por la Junta Departamental de Cerro
Largo;

ATENTO: A lo expuesto, y a sus facultades legales y constitucionales;

                      EL INTENDENTE DE CERRO LARGO;

                                RESUELVE:

1)- Cúmplase en un todo lo dispuesto por el Decreto Nº 27/05 de la Junta
Departamental de Cerro Largo.

2)- Comuníquese, regístrese, insértese y oportunamente archívese.

Cnel. (R) AMBROSIO W. BARREIRO, INTENDENTE MUNICIPAL; MYRIAM ALVEZ VILA,
SECRETARIA GENERAL.
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