Los contribuyentes comprendidos en el literal E) del artículo 52 del
Título 4 del TO 1996, podrán abonar sus obligaciones correspondientes
a los meses de cargo febrero y marzo de 2020, en seis cuotas iguales y
consecutivas a partir del mes de mayo del presente año.
Lo dispuesto en el inciso anterior incluye las cuotas correspondientes
a facilidades de pago, cuyo vencimiento tenga lugar en los meses de
marzo y abril.