El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la Resolución N° 2098/2021 de 15 de diciembre de 2021.
RESULTANDO: que debido a motivos ajenos a su voluntad, los sujetos pasivos vieron dificultado el cumplimiento de sus obligaciones en plazo.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 70 del Decreto N° 597/988 de 21 de setiembre de 1988;
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Los pagos de obligaciones tributarias con vencimiento entre los días
21 y 25 de febrero de 2022, realizados hasta el 25 de febrero de 2022,
se considerarán realizados en plazo.